Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
04-06-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180604-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

104
Madrid número 12. Procedimiento 1.337 de 2017, notificación a Grupo Wizyu, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1337/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANDRES ROSA NAVARRO frente a FOGASA y GRUPO WIZYU SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

“QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda interpuesta por D. VICTOR PEDRO MARTIN TORRES Contra la empresa GRUPO WIZYU SL CONDENANDO a esta a que le abone la cantidad de 2.2012, 99 más el 10 % de interés por mora devengado, y al FOGASA a estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a los autos originales para su cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO WIZYU SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de mayo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/16.455/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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