Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180528-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1

79
Leganés número 1. Procedimiento 661 de 2016, notificación a Cristóbal Fernández Requena

EDICTO

Doña Victoria de la Antigua Correas Castillo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 1 de Leganés.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, divorcio contencioso número 661 de 2016, instados por procuradora doña María Rosa Gutiérrez Ramírez, en nombre y representación de doña María Ángeles Hernández Martín, contra don Cristóbal Fernández Requena, en los que se ha dictado en fecha 25 de abril de 2018, sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que, estimando la demanda interpuesta por la procuradora de los Tribunales doña María Rosa Gutiérrez Ramírez, en nombre y representación de doña María de los Ángeles Hernández Martín, contra don Cristóbal Fernández Requena, debo adoptar y adopto los siguientes pronunciamientos:

A. Acordar la disolución del matrimonio, por divorcio, de los expresados, con todos los efectos legales.

B. Acordar la disolución del régimen económico matrimonial de sociedad de gananciales, una vez firme esta sentencia. Pudiendo interesar las partes su liquidación.

C. No hacer expresa imposición de las costas causadas en este proceso.

D. Una vez firme esta sentencia comuníquese al Registro Civil en el que aparezca la inscripción matrimonial para su anotación marginal.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2390-0000-33-0661-16 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55-0049-3569-9200-0500-1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Leganés, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2390-0000-33-0661-16.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de las Administraciones de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Cristóbal Fernández Requena, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Leganés, a 4 de mayo de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/16.523/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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