Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180528-101

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

101
Madrid número 5. Ejecución 218 de 2017, notificación a Desarrollos Empresariales Omnia, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 218/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de ETOSA OBRAS Y SERVICIOS BUILDING SLU y D./Dña. MARTIN COLLAGUAZO TITUAÑA frente a FOGASA y DESARROLLOS EMPRESARIALES OMNIA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA.- En Madrid a catorce de marzo de dos mil dieciocho.

La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que se ha presentado escrito por la la empresa ETOSA OBRAS Y SERVICIOS BUILDING SLU, y que la empresa DESARROLLOS EMPRESARIALES OMNIA SL ha sido considerada insolvente en los autos nº ETJ 171-17 (DSP 113-17) seguidos en el Juzgado Social nº 21 de Madrid, por resolución firme de fecha 1/3/2018. Doy fe.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA

En Madrid, a catorce de marzo de dos mil dieciocho

El anterior escrito únase a los autos de su razón ,dándose traslado de su contenido a la parte ejecutante y visto el contenido de la anterior diligencia, y quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 12.161,85 euros de principal, 1.216,18 euros de 10% de mora, de 608 euros en concepto de intereses y 1.216 euros en concepto de costas y habiendo se dictado decreto declarando la insolvencia provisional de la parte ejecutada DESARROLLOS EMPRESARIALES OMNIA SL, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme a lo previsto en el Art. 276 de L.J.S, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que el término de Quince días inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe bienes del deudor que le consten.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S..Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DESARROLLOS EMPRESARIALES OMNIA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de mayo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.710/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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