Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
25-05-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180525-189

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

189
Madrid número 24. Ejecución 37 de 2018, notificación a Grupo Profesional Fixeda, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 37/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RICARDO CORRAL MONTERO frente a GRUPO PROFESIONAL FIXEDA SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda estimar el Recurso de Reposición interpuesto por la parte demandante contra la resolución dictada el 04/04/2018 por lo que se acuerda la reapertura de la ejecución y continuar con la tramitación de la misma, habiéndose acordado la conclusión del concurso así como la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal, por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla concurso número 2451/2015 con fecha 27/01/2011 y fecha de publicación en el BOE 15/02/2017.76

Se acuerda el embargo de los saldos de las cuentas bancarias de la entidad ejecutada GRUPO PROFESIONAL FIXEDA SA a favor del ejecutante en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas: 2.430,14 euros en concepto de principal, más 97,20 euros y 243,01 euros calculados provisionalmente para intereses y costas.

A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.

Se acuerda el embargo de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada.

A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.

Se acuerda el embargo del VEHÍCULO con matrícula YAMAHA, marca C2026BFZ, modelo YQ50, número de bastidor VG55BR00000516321 para asegurar la responsabilidad de GRUPO PROFESIONAL FIXEDA SA por importe total de 2.770,35 euros.

Líbrese mandamiento al Registro de bienes Muebles para la anotación del embargo y la expedición del certificado con la titularidad, cargas y gravámenes.

-Se tiene por realizada la consulta al Punto Neutro Judicial con el resultado que consta unido a las actuaciones.

-Hágase saber al ejecutado que conforme al auto que contiene la orden general de ejecución a) Transcurridos tres meses del despacho de la ejecución sin que el ejecutado cumpliere en su integridad la obligación, si se apreciase falta de diligencia en el cumplimiento de la ejecutoria, se hubiere incumplido la obligación de manifestar bienes o se hubieren ocultado elementos patrimoniales trascendentes en dicha manifestación, podrá incrementarse el interés legal a abonar en dos puntos. b) Si la parte ejecutada cumpliera en su integridad la obligación exigida contenida en el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales, si procedieran, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmeza de la sentencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, en su caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, no se le impondrán las costas de la ejecución que se hubiere instado, en aplicación de lo prevenido en el artículo 239.3 de la LJS.

-Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

-La Cuenta de Consignaciones del órgano judicial a efectos de pago será la siguiente: 2522-0000-64-0037-18 debiendo indicar en el campo concepto de pago.

-Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial, y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes del deudor principal que le consten.

Notifíquese la presente resolución a las partes”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO PROFESIONAL FIXEDA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a treinta de abril de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.450/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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