Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
18-05-2018

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180518-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 2

70
Fuenlabrada número 2. Procedimiento 602 de 2016, notificación a Jufar Transportes, S. L.

EDICTO

Doña Silvia Álvarez Vega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Fuenlabrada.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio Verbal (250.2) número 602 de 2016, instados por procurador don José Miguel Sampere Meneses, en nombre y representación de “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, contra “Jufar Transportes, Sociedad Anónima”, en los que se ha dictado en fecha 4 de diciembre de 2017 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Sentencia número 306 de 2017

Fuenlabrada, a 4 de diciembre de 2017.—La magistrada-juez, Marina Ruiz Gómez.

“Estimando la demanda interpuesta por “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, representada por el procurador señor Sampere Meneses, frente a “Jufar Transportes, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la demandante la cantidad de 1.007,56, más interés legal.

Se condena en costas a la demandada.

Contra esta sentencia no cabe recurso alguno”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado “Jufar Transportes, Sociedad Anónima”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, Silvia Álvarez Vega.—En Fuenlabrada, a 16 de abril de 2018.

El anterior escrito de 13 de abril de 2018, presentado por el procurador don José Miguel Sampere Meneses, en nombre y representación de “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, únase a los autos de su razón.

Conforme lo ordenado en el artículo 497.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por no ser conocido el domicilio del demandado y encontrarse, por tanto, en ignorado paradero, notifíquese la sentencia de 4 de diciembre de 2017, por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID siendo a costa del demandado la publicación de los mismos.

Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante la letrada de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Lo dispongo y firmo.—Doy fe, la letrada de la Administración de Justicia.

En Fuenlabrada, a 16 de abril de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.147/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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