Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
11-05-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180511-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo. Extracto convocatoria subvenciones

BDNS (Identif.): 396867

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index):

Primero. Objeto.—El objeto del presente certamen es el de establecer mayores cauces de participación de los jóvenes en los diferentes campos de la creación artística, promoviendo el más amplio conocimiento y difusión de las nuevas propuestas innovadoras y de la calidad desarrollada por ellos, así como el talento y el trabajo para desarrollarlas.

Segundo. Participantes.—Podrán participar todos los y las jóvenes españoles o extranjeros residentes en España, que tengan edades comprendidas entre los catorce y treinta años, ambas incluidas, en la fecha de publicación de la convocatoria.

Para los grupos, al menos el 50 por 100 de los y las integrantes deberán tener dicha edad y la media de edad de los y las participantes no deberá superar la media de treinta.

En la modalidad de cortometraje se tomará como referencia la edad del director o directora.

Todos los y las participantes deberán tener una cuenta bancaria para poder cumplimentar el impreso “T” y hacer efectivo el premio en el caso de obtener alguno de los premios.

Tercero. Bases reguladoras.—El certamen se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, por la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013.

Cuarto. Cuantía de los premios.—En reconocimiento y mérito de las obras realizadas, se establecen los siguientes premios:

Para las modalidades de Cortometraje, Danza y Baile, Música y Micro Teatro se establecen un primer premio de 3.800 euros, un segundo premio de 2.800 euros y un Jovencísimo Talento de 1.500 euros. Para Diseño de Moda, Fotografía, Obra Plástica e Iniciativa Social se establece un primer premio de 2.500 euros, un segundo de 2.000 euros y un Jovencísimo Talento de 1.300 euros.

El premio “Jovencísimo Talento” se otorgará al participante más destacado en cada una de las modalidades, que tenga una edad menor o igual a veinte años en la fecha de la publicación de esta convocatoria. En caso de que los participantes estén formados por un grupo, solo podrá otorgarse dicho premio, si la media de edad de los componentes del grupo no supera los veinte años, siempre que ninguno de sus miembros supere los treinta años de edad, en la fecha de la publicación de la convocatoria.

Los premios podrán ser declarados desiertos en cualquiera de las modalidades. El jurado podrá conceder cuantas menciones honoríficas estime convenientes que no conllevan dotación económica.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de inscripción y presentación de las obras de todas las modalidades será de veinte días siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de abril de 2018.—La delegada del Área de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, Marta María Higueras Garrobo.

(03/15.429/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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