Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
04-05-2018

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180504-45

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 2

45
Alcobendas número 2. Procedimiento 915 de 2016, notificación a Juana Bravo Notario y otros

EDICTO

Don Manuel Alejandro Sánchez Castro, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 915 de 2016, instados por el procurador don Ricardo Ludovico Moreno Martín, en nombre y representación de doña Araceli González Rodríguez y don Adolfo Gómez Alcázar, contra doña Juana Bravo Notario, don Antonio Bravo Notario, don Mariano Monge Bermejo, doña Soledad Bravo Notario, doña María Bravo Notario, don Vicente García Valencia, doña Carmen Bravo Notario y don Faustino Munuera Tejerina, don Bonifacio Bravo Notario y doña María Luisa Puente María, ambos fallecidos, personándose en su sustitución don Mariano Bravo García-Puente, en los que se ha dictado, en fecha 27 de febrero de 2018, sentencia número 56 de 2018, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda deducida por el procurador don Ricardo Ludovico Moreno Martín, en nombre y representación de don Adolfo Gómez Alcázar y de doña Araceli González Rodríguez, contra don Antonio Bravo Notario, don Mariano Monge Bermejo, doña Soledad Bravo Notario, doña Juana Bravo Notario, doña María Bravo Notario, don Vicente García Valencia, doña Carmen Bravo Notario y don Faustino Munuera Tejerina, todos ellos en situación procesal de rebeldía, y contra don Bonifacio Bravo Notario y doña María Luisa García-Puente María, ambos fallecidos, personándose en su sustitución don Mariano Bravo García-Puente, representado por el procurador don Felipe Bermejo Valiente, declaro haber lugar a la misma, y en su virtud, declaro la adquisición por usurpación del pleno dominio, a título ganancial, si procediera, sobre el siguiente bien inmueble:

Finca urbana.—Número 17. Piso número 1 de la quinta planta, destinado a vivienda, de la casa en la calle Salamanca, número 32, de Alcobendas. Consta de tres dormitorios, estar-comedor, cocina, aseo, vestíbulo y terrazas sobre el patio de luces, en el estar-comedor y en el dormitorio que da a la calle. Mide una superficie útil, sin contar las terrazas, de 50 metros cuadrados, aproximadamente. Linda: derecha, entrando, con patio interior de luces y casa de la calle Salamanca, número 34; izquierda, con piso número 2 de la misma planta; espalda, con calle Salamanca, y frente, con patio interior de luces, rellano y hueco de escaleras. Cuota: 4,50 por 100.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Alcobendas (Madrid), tomo 164, libro 141, folio 13, inscripción (alta) segunda.

Y en consecuencia, condeno a los codemandados a estar y pasar por esta declaración, y a cuanto sus respectivas condiciones le obliguen.

Expídase testimonio de la presente resolución para su entrega a la representación procesal de la parte actora, a fin de que sirva como título formal para la inscripción de la finca a favor de los prescribientes en el Registro de la Propiedad que corresponda.

Todo ello sin expreso pronunciamiento respecto a las costas procesales de esta instancia.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio y firmo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra la que cabe recurso de apelación, que se presentará en los plazos y forma legalmente establecidos ante este Juzgado (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), y que será resuelto (artículo 455.2.2.o de la Ley de Enjuiciamiento Civil) por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados doña Juana Bravo Notario, don Antonio Bravo Notario, don Mariano Monge Bermejo, doña Soledad Bravo Notario, doña María Bravo Notario, don Vicente García Valencia, doña Carmen Bravo Notario y don Faustino Munuera Tejerina, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Alcobendas, a 8 de marzo de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/13.875/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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