Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
04-05-2018

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180504-44

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3

44
Alcalá de Henares número 3. Procedimiento 591 de 2017, notificación a Jabonería Franchise, S. L.

EDICTO

Doña Rosa María Mayans López, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 591 de 2017, instados por la procuradora doña María Belén Arce Cantano, en nombre y representación de “Innovatrans Forwarding SXXI, Sociedad Limitada”, contra “Jabonería Franchise, Sociedad Limitada” y don David Sainz Hernández, en los que se ha dictado, en fecha 28 de marzo de 2018, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimo íntegramente la demanda presentada por la procuradora doña Belén Arce Cantano, en representación de “Innovatrans Forwarding XXXI, Sociedad Limitada”, frente a don David Sainz Hernández y “Jabonería Franchise, Sociedad Limitada”, y en consecuencia, condeno a don David Sainz Hernández y “Jabonería Franchise, Sociedad Limitada”, de forma conjunta y solidaria, al pago de la cantidad de 4.786,17 euros, que devengará el interés legal de dinero desde la fecha de interposición de la presente demanda, y el interés legal del dinero incrementado en dos puntos, desde la fecha de la presente sentencia, con imposición a los demandados de las costas de la presente instancia.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículo 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta número 2334-0000-00-0591-17 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario”, Juzgado de primera instancia número 3 de Alcalá de Henares, y en el campo “observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos: 2334-0000-00-0591-17.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El/la magistrado/a-juez (firmado).

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados “Jabonería Franchise, Sociedad Limitada” y don David Sainz Hernández, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo del a resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Alcalá de Henares, a 9 de abril de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/14.058/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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