Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
27-04-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180427-179

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

179
Madrid número 24. Ejecución 37 de 2018, notificación a Grupo profesional Fixeda, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARTA MENÁRGUEZ SALOMÓN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 37/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RICARDO CORRAL MONTERO frente a GRUPO PROFESIONAL FIXEDA SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Se tienen por recibidos dos despachos del Registro de Bienes Muebles de Sevilla, únanse a los autos de su razón.

Se acuerda dejar en suspenso la ejecución despachada, por encontrarse la entidad ejecutada GRUPO PROFESIONAL FIXEDA SA en situación de concurso de acreedores.

Se acuerda el levantamiento de los embargos acordados sobre los saldos en las cuentas corrientes y las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tuviera pendientes de devolver a la parte ejecutada.

Realícese la baja telemática.

Y el embargo del VEHÍCULO con matrícula YAMAHA, marca C2026BFZ, modelo YQ50, número de bastidor VG55BR00000516321.

No constando anotación de embargo en el Registro de Bienes Muebles de Sevilla.

Hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda y testimonio de la sentencia recaída en este procedimiento, así como del Auto despachando ejecución y de la presente resolución, y archívense las actuaciones, previa baja en el Libro correspondiente”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO PROFESIONAL FIXEDA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de abril de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.544/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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