Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
25-04-2018

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180425-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

43
Torres de la Alameda. Organización y funcionamiento. Reglamento Administración Electrónica

Publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 4 de agosto de 2009 el Reglamento de Administración Electrónica del Ayuntamiento de Torres de la Alameda.

Considerando que el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dice “Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Donde pone:

“Art. 7. Sede electrónica general.—1. Se establece como sede electrónica general de la Administración municipal el punto de acceso electrónico general:

www.torresdelaalameda.es”.

Debe decir:

“Art. 7. Sede electrónica general.—1. Se establece como sede electrónica general de la Administración municipal el punto de acceso electrónico general:

— torresdelaalameda.sedelectronica.es”.

Publicar la presente rectificación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos oportunos.

Torres de la Alameda, 2 de abril de 2018.—El secretario general, Pedro Vizuete Mendoza.

(03/13.099/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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