Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
25-04-2018

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180425-30

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL BOALO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

30
El Boalo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

De conformidad y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se hace público que por resolución de la Alcaldía 47/2018, de 23 de marzo, se dispuso el cese como segunda teniente de alcalde de doña Florentina Carrasco Serrano, y por resolución 48/2018, de 23 de marzo, se han nombrado segunda teniente de alcalde a doña Soledad Ávila Ribada y tercera teniente de alcalde a doña Blanca Marina Ruiz Esteban.

De conformidad y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 44.2 del citado Real Decreto se hace público:

Uno. Por Resolución de la Alcaldía 49/2018, de 23 de marzo, se ha dispuesto:

1.o Modificar delegación de las atribuciones de atención y coordinación de varias áreas de actuación, según cuanto sigue:

a) Área de Movilidad en el primer teniente de alcalde don Alfonso Baeza de la Peña.

b) Área de Cultura en la segunda teniente de alcalde doña Soledad Ávila Ribada.

c) Área de Medioambiente en la tercera teniente de alcalde doña Blanca Marian Ruiz Esteban.

d) Área de Transparencia y Comunicación en la concejal doña Leticia Elena Cubillo Gázquez.

2.o Las atribuciones de atención y coordinación del área de “Participación” y “Contratación” quedan en la Alcaldía.

3.o Mantener la dedicación exclusiva de la segunda teniente de alcalde, la dedicación para la tercera teniente de alcalde, así como para los demás concejales con áreas delegadas será parcial, del 75 por 100 de la jornada.

Dos. Por resolución de la Alcaldía 58/2018, de 3 de abril, se ha dispuesto, entre otros:

Revocar la delegación en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones o competencias:

1. Todas las delegables enumeradas en el apartado f) del artículo 21.1, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (el desarrollo de la gestión económica…).

2. De las competencias enumeradas en el apartado q) del artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en lo referente al otorgamiento de las licencias contempladas como menores en las Normas Subsidiarias Municipales.

El Boalo, a 11 de abril de 2018.—El alcalde, Javier de los Nietos Miguel.

(03/13.103/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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