Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
25-04-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180425-117

Páginas: 5


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

117
Madrid número 19. Procedimiento 916 de 2017, notificación a Real Force, S. L. y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALFONSO LOZANO DE BENITO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 19 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 916/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOAQUINA ROSA LLORET DELGADO, D./Dña. YOLANDA SANCHEZ MORENO, D./Dña. RAQUEL MANSO MUÑOZ, D./Dña. PEDRO LUIS GARCIA LOPEZ, D./Dña. JUAN MANUEL GENUA GALCERAN, D./Dña. BEATRIZ GRANDE VALVERDE, D./Dña. MANUEL COLON RODRIGUEZ, D./Dña. JORGE ALONSO FERNANDEZ, D./Dña. MARIA DEL ROSARIO MARIN MARTINEZ, D./Dña. CARMEN DEL POZO PEREZ, D./Dña. NOEMI BRAVO ESCUER, D./Dña. MARIA DEL CARMEN ABRAMIAN MORALES, D./Dña. REMEDIOS URBANEJA MUÑOZ, D./Dña. NURIA GARRIDO GARRIDO, D./Dña. MARIA JOSE LOPEZ MIGUEL, D./Dña. CRISTINA COLLANTES MARTINEZ, D./Dña. JUDITH BALBOA RODRIGUEZ, D./Dña. MONICA SARABIA MORENO, D./Dña. MARIA ARJONILLA GONZALEZ, D./Dña. NURIA GOMEZ GARCIA, D./Dña. BELEN HERNANDO RODRIGUEZ, D./Dña. JOSE LUIS FERNANDEZ AREVALO, D./Dña. ALBERTO GONZALEZ CAMPANON, D./Dña. LUIS DEL RIO LOPEZ, D./Dña. SUSANA GUTIERREZ PARRILLA, D./Dña. MYRIAM CALVO FRESNEDA, D./Dña. MARIA DOLORES TEJEDO MUÑOZ, D./Dña. ANA ISABEL RAMOS ROLDAN, D./Dña. CRISTINA ALONSO MERCHAN, D./Dña. LIDIA CALERO MORENO y D./Dña. PAULINO PEREZ ACEVEDO frente a VENTASK FORCE SL, BUCERO GROUP INTERNATIONAL MARKETING SL, CAREMONT, S.L., CRECERA CAL LCENTER SERVICES, SL, VENTASK COMUNICACION E IMAGEN SL, D./Dña. BENITO BUCERO HERNANDEZ, EN MARCHA CALL CENTER SERVICES SL, VENTASK CALL CENTER MANAGEMENT SL, TRAVEL TASK SL, REAL FORCE SL, FACTORIA DE PRODUCCION Y VENTAS SL, CRECERA SERVICES SL, QUECA COMUNICACION E IMAGEN SL y SERVICIOS GLOBALES DE GESTION ON LINE S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que, estimando de forma parcial la demanda interpuesta por DON PEDRO LUIS GARCÍA LÓPEZ, DOÑA YOLANDA SÁNCHEZ MORENO, DOÑA SUSANA GUTIÉRREZ PARRILLA, DOÑA CRISTINA COLLANTES MARTÍNEZ, DOÑA BELÉN HERNÁNDO, DOÑA MYRIAM CALVO FRESNEDA, DOÑA MÓNICA SARABIA MORENO, DOÑA JUDITH BALBOA RODRÍGUEZ, DOÑA ANA ISABEL RAMOS ROLDÁN, DOÑA CARMEN DEL POZO PÉREZ, DOÑA NURIA GARRIDO GARRIDO, DON JUAN MANUEL GENUA GARCERÁN, DOÑA MARÍA DEL CARMEN ABRAMIÁN MORALES, DON JOSÉ LUIS FERNÁNDEZ ARÉVALO, DON JORGE ALONSO FERNÁNDEZ, DOÑA NURIA GÓMEZ GARCÍA, DOÑA MARÍA JOSÉ LÓPEZ MIGUEL, DOÑA JOAQUINA LLOVET DELGADO, DON PAULINO PÉREZ ACEVEDO, DON ALBERTO GONZÁLEZ CAMPAÑÓN, DON LUIS DEL RÍO LÓPEZ, DOÑA MARÍA DEL ROSARIO MARÍN MARTÍNEZ, DOÑA REMEDIOS URBANEJA MUÑOZ, DOÑA RAQUEL MANSO MUÑOZ, DOÑA NOEMÍ BRAVO ESCUER, DOÑA LIDIA CALERO MORENO, DOÑA MARÍA DOLORES TEJEDO MUÑOZ, DOÑA BEATRIZ GRANDE VALVERDE, DON MANUEL COLÓN RODRÍGUEZ, DOÑA CRISTINA ALONSO MERCHÁN, DOÑA MARÍA ARJONILLA GONZÁLEZ, contra Real Force, S.L., Ventask Force, S.L., Queca Comunicación e Imagen, S.L., Crecera Services, S.L., Bucero Group International Marketing, S.L., Servicios Globales de Gestión Online, S.L., En Marcha Call Center Services, S.L., Factoría de Producción y Ventas, S.L., Ventask Comunicación e Imagen, S.L., Ventask Call Center Management, S.L., Travel Task, S.L., Crecera Call Center Services, S.L., Caremont, S.L., don Benito Bucero Hernández y el Fondo de Garantía Salarial:

Declaro la nulidad del despido de los demandantes, producido el 27 de junio de 2017.

Por imposibilidad de readmisión, declaro la extinción de la relación laboral con efectos del día de la fecha y condeno a las sociedades demandadas, de forma solidaria, a abonar a los demandantes las siguientes indemnizaciones y salarios de tramitación:

DON PEDRO LUIS GARCÍA LÓPEZ: 5.105,44 euros en concepto de indemnización y 13.897,41 euros como salarios de tramitación.

DOÑA YOLANDA SÁNCHEZ MORENO: 1.565,26 euros en concepto de indemnización y 9320,40 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA SUSANA GUTIÉRREZ PARRILLA: 1.364,83 euros como indemnización y 9287,95 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA CRISTINA COLLANTES MARTÍNEZ: 17.554,36 euros como indemnización y 17.209,51 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA BELÉN HERNÁNDO: 3.854,66 euros como indemnización y 9664,31 euros como salarios de tramitación.

DOÑA MYRIAM CALVO FRESNEDA: 2.006,89 euros como indemnización y 9560,09 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA MÓNICA SARABIA MORENO: 6533,05 euros como indemnización y 15560,54 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA JUDITH BALBOA RODRÍGUEZ: 1.470,84 euros como indemnización y 9342,09 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA ANA ISABEL RAMOS ROLDÁN: 6.325,46 euros como indemnización y 9271,44 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA CARMEN DEL POZO PÉREZ: 8.605,69 euros como indemnización y 18219,72 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA NURIA GARRIDO GARRIDO: 1190,20 euros como indemnización y 8722,62 euros en concepto de salarios de tramitación.

DON JUAN MANUEL GENUA GARCERÁN: 6.003,38 euros como indemnización y 8411,15 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA MARÍA DEL CARMEN ABRAMIÁN MORALES: 2.380,51 euros como indemnización y 9860,76 euros en concepto de salarios de tramitación.

DON JOSÉ LUIS FERNÁNDEZ ARÉVALO: 15.574,09 euros como indemnización y 18674,66 euros en concepto de salarios de tramitación.

DON JORGE ALONSO FERNÁNDEZ: 3619,68 euros como indemnización y 8411,15 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA NURIA GÓMEZ GARCÍA: 1185,77 euros como indemnización y 8690,14 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA MARÍA JOSÉ LÓPEZ MIGUEL: 973,62 euros como indemnización y 8432,68 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA JOAQUINA LLOVET DELGADO: 7.071,85 euros como indemnización y 13750,09 euros en concepto de salarios de tramitación.

DON PAULINO PÉREZ ACEVEDO: 5.417,48 euros como indemnización y 20645,54 euros en concepto de salarios de tramitación.

DON ALBERTO GONZÁLEZ CAMPAÑÓN: 3.380,96 euros como indemnización y 13421,38 euros en concepto de salarios de tramitación.

DON LUIS DEL RÍO LÓPEZ: 5.852,55 euros como indemnización y 37172,56 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA MARÍA DEL ROSARIO MARÍN MARTÍNEZ: 1.202,06 euros como indemnización y 8809,53 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA REMEDIOS URBANEJA MUÑOZ: 6.608,04 euros como indemnización y 13686,23 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA RAQUEL MANSO MUÑOZ: 2.128,42 euros como indemnización y 10139,03 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA NOEMÍ BRAVO ESCUER: 1.757,35 euros como indemnización y 10464,22 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA LIDIA CALERO MORENO: 1.267,25 euros como indemnización y 8623,86 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA MARÍA DOLORES TEJEDO MUÑOZ: 6.628,92 euros como indemnización y 16193,72 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA BEATRIZ GRANDE VALVERDE: 2.031,91 euros como indemnización y 9679,28 euros en concepto de salarios de tramitación.

DON MANUEL COLÓN RODRÍGUEZ: 19746,63 euros como indemnización y 19634,22 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA CRISTINA ALONSO MERCHÁN: 8.079,91euros como indemnización y 13272,33 euros en concepto de salarios de tramitación.

DOÑA MARÍA ARJONILLA GONZÁLEZ: 971,13 euros como indemnización y 8411,15 euros en concepto de salarios de tramitación.

Condeno a las sociedades demandadas, además, a abonar a los demandantes las siguientes sumas, más sus intereses contados desde la presentación de la papeleta de conciliación, con arreglo a un tipo anual del 10%, salvo las cantidades correspondientes a la falta de preaviso, para las que el tipo aplicable será el legal del dinero:

Don Pedro Luis García López, 2.112,07 euros brutos con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 1.144,46 euros; kilometraje = 100,29 euros; preaviso incumplido = 635,81 euros; y 4,63 días de vacaciones = 231,51 euros.

Doña Lidia Calero Moreno, 1787,14 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; preaviso incumplido = 488,24 euros; y 10 días de vacaciones = 420,06 euros.

Doña Mónica Sarabia Moreno, 3153,90 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 1.364,26 euros; preaviso incumplido = 757,92 euros; y 11,36 días de vacaciones = 1031,72 euros.

Doña Myriam Calvo Fresneda, 1.552,95 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; p.p. pagas extras 27 días = 84,38 euros; complemento salarial = 84,38 euros; preaviso incumplido = 488,24 euros; y 2,61 días de vacaciones = 101,49 euros.

Doña Noemí Bravo Escuer, 2.272,71 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 876,84 euros; preaviso incumplido = 488,24 euros; complemento salarial = 540 euros; y 8,61 días de vacaciones = 365,63 euros.

Don Alberto González Campañón, de 2604,88 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; complemento salarial = 575,25; preaviso incumplido = 488,24 euros; y 17,61 días de vacaciones = 662,55 euros.

Doña Ana Isabel Ramos Roldán, 2185,15 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; complemento salarial = 175,25; incentivos = 600; preaviso incumplido = 530,81 euros.

Doña Beatriz Grande Valverde, 2.754,53 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; complemento salarial = 182 euros; incentivos = 500; preaviso incumplido = 488,24 euros; y 19,61 días de vacaciones = 638,30 euros.

Doña Belén Hernándo Rodríguez, 2131,88 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; preaviso incumplido = 488,24 euros; y 20,61 días de vacaciones = 764,80 euros.

Doña Cristina Alonso Merchán, 3083,36 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 1364,26 euros; preaviso incumplido = 757,92 euros; y 11,36 días de vacaciones = 961,18 euros.

Doña Cristina Collantes Martínez, 2881,50 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 1364,26 euros; preaviso incumplido = 757,92 euros; y 8,36 días de vacaciones = 759,32 euros.

Doña Joaquina Rosa Llovet Delgado, 1653,95 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; preaviso incumplido = 488,24 euros; y 6,61 días de vacaciones = 286,87 euros.

Don Jorge Alonso Fernández, 3189,29 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; preaviso incumplido = 481,55 euros; y 48,61 días de vacaciones = 1828,9 euros.

Don Juan Manuel Genua Garcerán, 3189,29 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; preaviso incumplido = 481,55 euros; y 48,61 días de vacaciones = 1828,9 euros.

Doña Judith Balboa Rodríguez, 2.589,53 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; preaviso incumplido = 488,2425 euros; incentivos = 660; complemento salarial = 75 y 13,90 días de vacaciones = 487,45 euros.

Don Luis del Río López, 2.412,07 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 1144,46 euros; preaviso incumplido = 635,81 euros; kilometraje = 100,29; y 10,63 días de vacaciones = 531,51 euros.

Don Manuel Colón Rodríguez, 3.596,57 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 1.364,26 euros; kilometraje = 100,29 euros; preaviso incumplido = 757,92 euros; y 19,63 días de vacaciones = 1.374,10 euros.

Doña María Arjonilla González, 1565,57 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; preaviso incumplido = 481,55 euros; complemento salarial = 45 euros y 3,77 días de vacaciones = 160,18 euros.

Doña María Carmen Abramián Morales, 2059,90 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; complemento salarial = 120 euros; preaviso incumplido = 488,24 euros; y 14,61 días de vacaciones = 572,82 euros.

Doña María del Rosario Marín Martínez, 2402,28 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; incentivos = 460; complemento salarial = 210; preaviso incumplido = 488,24 euros; y 11,22 días de vacaciones = 365,21 euros.

DDoña María Dolores Tejedo Muñoz, 3.290,36 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 1.144,46 euros; kilometraje = 100,29 euros; preaviso incumplido = 635,81 euros; complemento = 412 euros y 16,63 días de vacaciones = 997,80 euros.

Doña María José López Miguel, 2.404,86 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,64 euros; incentivos = 430 euros; preaviso incumplido = 488,24 euros; complemento = 350,75 euros y 6,05 días de vacaciones = 257,03 euros.

Don Nuria Gómez García, 1939,05 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros;; preaviso incumplido = 488,24 euros; complemento salarial = 37; incentivos = 160 y 8,82 días de vacaciones = 374,97 euros.

Don Paulino Pérez Acevedo, 2.612,07 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 1.144,46 euros; kilometraje = 100,29 euros; preaviso incumplido = 635,81 euros; y 14,63 días de vacaciones = 731,51 euros.

Don Susana Gutiérrez Parrilla, 2.969,16 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,83 euros; incentivo = 930; complemento salarial = 185,25; preaviso incumplido = 488,24 euros; y 11,45 días de vacaciones = 486,83 euros.

Doña Yolanda Sánchez Moreno, 2477,27 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; complemento salarial =620,75; preaviso incumplido = 488,24 euros; y 13,61 días de vacaciones = 489,50 euros.

Doña Raquel Manso Muñoz, 1856,68 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; preaviso incumplido = 488,24 euros; y 13,61 días de vacaciones = 489,6 euros.

Doña Remedios Urbaneja Muñoz, 2.349,73 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 1.144,46 euros; plus de permanencia= 87,3 euros; preaviso incumplido = 635,81 euros; y 7,91 días de vacaciones = 335,28 euros.

Don José Luis Fernández Arévalo, 2780,70 euros, con el desglose que, una vez deducida la indemnización, consta al folio 569, que se da por reproducido. de esa cantidad corresponde a la falta de preaviso la suma de 833,33 euros.

Doña Carmen del Pozo Pérez, 2378,24 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 1144,458 euros; preaviso incumplido = 635,81 euros; y 9,81 días de vacaciones = 597,97 euros.

Don Nuria Garrido Garrido, 3075,42 euros brutos, con el siguiente desglose: salario por 27 días de junio = 878,84 euros; incentivos = 1160; preaviso incumplido = 488,24 euros; complemento salarial = 182 y 8,38 días de vacaciones = 356,34 euros.

En relación a la reclamación de prestaciones de enfermedad de don Luis del Río, se aprecian de oficio las excepciones de inadecuación de procedimiento e indebida acumulación, absolviendo en la instancia a las demandadas, sin perjuicio del derecho de dicho demandante de reclamar tales cantidades a través del procedimiento correspondiente.

Condeno a cada una de las sociedades demandadas a abonar una sanción por importe de 1.000 euros, así como las costas procesales, con inclusión de los honorarios del letrado de los demandantes, hasta un importe máximo de 600 euros.

Absuelvo a Don Benito Bucero Hernández de las pretensiones deducidas en su contra en el procedimiento.

Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por los pronunciamientos de la sentencia.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual, en su caso, deberá ser anunciado dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para ello la mera manifestación en tal sentido de la parte o de su abogado, graduado social o de su representante, en el momento de hacerle la notificación, o por medio de escrito o comparecencia. En el caso de que la recurrente fuera la empresa demandada, deberá acreditar al tiempo de anunciar el recurso haber ingresado en la cuenta corriente de este Juzgado en la entidad bancaria Banco de Santander, la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. De igual modo, todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social intente interponer recurso de suplicación deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado en la indicada cuenta como depósito la cantidad de 300 euros.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a REAL FORCE SL, VENTASK FORCE SL, QUECA COMUNICACIÓN E IMAGEN SL, CRECERA SERVICES SL, BUCERO GROUP INTERNATIONAL MARKETING SL, SERVICIOS GLOBALES DE GESTION ONLINE SL, EN MARCHA CALLE CENTER SERVICES SL, FACTORADIA DE PRODUCCION Y VENTAS SL, VENTASK COMUNICACIÓN E IMAGEN SL, VENTASK CALLE CENTER MANAGEMENT SL, TRAVEL TASK SL, CRECERA CALL CENTER SERVICES SL, CAREMONT SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de marzo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.212/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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