Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
23-04-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180423-149

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

149
Madrid número 32. Procedimiento 876 de 2017, notificación a Model Logística Cargo 2002, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. Luisa Álvarez Castillo LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 876/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. VASIL TSVETANOV ZANCOV frente a MODEL LOGISTICA CARGO 2002 SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

AUTOS Nº 876/2017

En Madrid a veintisiete de febrero de dos mil dieciocho.

D/ña. Mª LUISA GIL MEANA Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 32 del Juzgado y localidad o provincia MADRID tras haber visto los presentes autos sobre CANTIDAD entre partes, de una y como demandante D./Dña. VASIL TSVETANOV ZANCOV, que comparece asistido de la letrado Dña. María Victoria García-Siso Peñalver, con número profesional 043127 y otra como demandado MODEL LOGISTICA CARGO 2002 SL.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 65/2018

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 22/08/2017 tuvo entrada en el Decanato de los Juzgados de lo Social de Madrid, demanda presentada por la parte actora, que en turno de reparto correspondió a este Juzgado, y en la que se reclama por concepto de CANTIDAD que se dicte sentencia por la que se reconozca la cantidad adeudada de 944,79 euros más los intereses correspondientes, y condene a la demandada al abono de las mismas, y condene a que cotice a la Seguridad Social las cotizaciones correspondientes al tiempo de trabajo realizado.

SEGUNDO.- Admitida a trámite dicha demanda, se señaló para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio la audiencia de fecha 22/02/2018. Siendo el día y la hora señalados y llamadas las partes, comparece la parte actora asistida de la letrado Dña. María Victoria García-Siso Peñalver, con número profesional 043127 y como demandado MODEL LOGISTICA CARGO 2002 SL que no comparece estando debidamente citado.

TERCERO.- Abierto el juicio, por la parte demandante se ratificó la demanda, interesándose por la parte demandante el recibimiento del juicio a prueba. Recibido el juicio a prueba, por la parte demandante se propuso prueba documental e interrogatorio.

CUARTO.- En la tramitación de este procedimiento se han cumplido todas las formalidades prescritas por la ley (excepto lo relativo a plazos debido al número de asuntos pendientes en este Juzgado).

HECHOS PROBADOS

PRIMERO.- El actor figura de alta en Seguridad Social en la empresa demandada el 07 de noviembre de 2016 y de baja el 09 de noviembre de 2016.

SEGUNDO.- Se le entregó finiquito por una cuantía bruta de 117,50 euros y un importe líquido a percibir de 110,12 euros y ello con fecha 09 de noviembre de 2016.

TERCERO.- El desglose de las cantidades pedidas consta en el hecho cuarto de la demanda.

CUARTO.- El actor alega que prestó servicios desde el 07 de noviembre de 2016 al 25 de noviembre de 2016.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- De la prueba documental aportada por el actor queda acreditado el contenido del documento de finiquito, sin que conste que se le hayan abonado las cantidades que figuran en el mismo, y la fecha de alta y baja en Seguridad Social. La parte actora no ha realizado prueba que acredite que prestó servicios hasta el 25 de noviembre de 2016 y, por tanto, se está en el caso de estimar parcialmente la demanda en relación a las cantidades que figuran en el finiquito, ya que no es suficiente para acreditar la existencia de una relación laboral no coincidente con la fecha de baja en la Seguridad Social una prueba pasiva cual es la Ficta Confesio. Es de aplicación el artículo 29.1 y 3 del ET

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

FALLO

Que con estimación parcial de la demanda presentada por D./Dña. VASIL TSVETANOV ZANCOV contra MODEL LOGISTICA CARGO 2002 SL debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar al actor por los conceptos de la demanda 117,50 euros brutos así como 11,75 euros de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán no interponer Recurso.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha, por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez Mª LUISA GIL MEANA, que la suscribe, en la Sala de Audiencias de este Juzgado. Doy fe.

NOTA: Siendo aplicable la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y los artículos 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los datos contenidos en esta comunicación y en la documentación adjunta son confidenciales, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento, debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia, sin perjuicio de las competencias del Consejo General del Poder Judicial previstas en el artículo 560.1.10 de la LOPJ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MODEL LOGISTICA CARGO 2002 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a tres de abril de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/11.942/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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