Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
19-04-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180419-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 7

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Parla número 7. Procedimiento 168 de 2016, notificación a Laura Victoria Osinaga Jiménez

EDICTO

Don Manuel Alcón Vallejo, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 7 de Parla.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 168 de 2016, instados por procuradora doña María Esther Centoira Parrondo, en nombre y representación de “BBVA, Sociedad Anónima”, contra don Arnoldo Jiménez Coca y doña Laura Victoria Osinaga Jiménez, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 6 de febrero de 2018, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 24 de 2018

Parla, a 6 de febrero de 2018.—El magistrado-juez, José Manuel García Marfil.

Su señoría ilustrísima don José Manuel García Marfil, juez del Juzgado de primera instancia número 7 de esta ciudad, vistos los presentes autos de juicio ordinario número 168 de 2016 , seguidos a instancia de “BBVA, Sociedad Anónima”, parte representada por la procuradora señora Centoira Parrondo y asistida por la letrada señora Grijalbo de Cabo, contra doña Laura Victoria Osinaga Jiménez, en rebeldía procesal, y don Arnoldo Jiménez Coca, representado por la procuradora señora García López y asistido de la letrada señora Álvaro Tomás, sobre reclamación de cantidad, en nombre de su Majestad el Rey, dicta la siguiente sentencia:

Fallo

Que, debo estimar y estimo en lo sustancial la demanda interpuesta por la procuradora señora Centoira Parrondo en nombre y representación de “BBVA, Sociedad Anónima”, contra doña Laura Victoria Osinaga Jiménez y Arnoldo Jiménez Coca , declarando el vencimiento del contrato que vinculaba a las partes por incumplimiento resolutorio condenando a la parte demandada a abonar al actor la cantidad de 9.677,92 euros, más los intereses legales de dicha cantidad desde la interpelación judicial, así como al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma pueden interponer por escrito en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación del cual conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, debiendo, en su caso, previamente consignar en la cuenta del Juzgado el depósito de 50 euros previsto por la Ley.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Laura Victoria Osinaga Jiménez, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Parla, a 8 de febrero de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/12.391/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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