Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
19-04-2018

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180419-35

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

OFERTAS DE EMPLEO

35
Pozuelo de Alarcón. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

La Titular del Área de Gobierno de Hacienda y Recursos Humanos, con fecha 19 de marzo de 2018, ha dictado resolución aprobando las Bases y convocatoria que habrán de regir el proceso selectivo para proveer en este ayuntamiento y mediante Libre Designación con concurrencia pública, el puesto de Director/a General de Recursos Humanos.

Parte dispositiva de la Resolución:

Primero.—Aprobar las bases para la cobertura, mediante procedimiento público de concurrencia y designación libre, del puesto n.o Ref.10PD, Director/a General de Recursos Humanos como personal directivo profesional.

Segundo.—Convocar el correspondiente proceso selectivo, publicándose donde corresponda.

BASES PARA LA COBERTURA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO PÚBLICO DE CONCURRENCIA Y DESIGNACIÓN LIBRE, DE UN PUESTO DE DIRECTOR/A GENERAL DE RECURSOS HUMANOS (ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA Y RECURSOS HUMANOS) COMO PERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL

1. Objeto de la convocatoria

1.1. Las presentes bases y convocatoria regirán el proceso de selección, mediante procedimiento público de concurrencia y designación libre, para cubrir el puesto de personal directivo profesional denominado director/a general de Recursos Humanos, que habrá de prestar servicios en el Área de Gobierno de Hacienda y Recursos Humanos de este Ayuntamiento.

Dicho puesto se encuentra dotado presupuestariamente y vacante en la actualidad, con las características que se detallan en el anexo I de estas bases; de conformidad con establecido en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) en relación con lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL) y con el artículo 64 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento, aprobado definitivamente por acuerdo del Pleno de 30 de julio de 2008 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de agosto del mismo año (en adelante, ROGA). Supletoriamente y en lo que resulte adecuado a la naturaleza del presente procedimiento, podrán ser aplicadas para solventar cuestiones que puedan suscitarse, las vigentes Bases Generales que rigen las convocatorias para cubrir plazas de funcionarios de carrera en este Ayuntamiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 270, de 13 de noviembre de 2007).

1.2. El procedimiento de selección se ajustará, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia, a lo dispuesto en las presentes bases, así como a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el Título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración de Pozuelo de Alarcón, en la demás normativa vigente en materia de función pública que fuera de aplicación, y en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y su normativa de desarrollo.

1.3. Toda vez que el decreto de estructura del Área de Gobierno de 12 de enero de 2018 prevé que el titular de este puesto directivo pueda no reunir la condición de funcionario, el vínculo de servicio será de carácter funcionarial o relación laboral de carácter especial de alta dirección, de acuerdo con la normativa de aplicación.

2. Requisitos de participación

Podrán tomar parte en la convocatoria los candidatos que dentro del plazo de presentación de instancias reúnan los siguientes requisitos:

— Poseer la nacionalidad española.

— Ser funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter nacional, y pertenecer a Cuerpos o Escalas clasificados en el Subgrupo A1 o categoría profesional equivalente, o bien ser profesional de reconocida competencia profesional y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada.

— Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Grado ó equivalente.

— Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

— Reunir los requisitos de compatibilidad en el momento del nombramiento o la contratación, de acuerdo con la legislación vigente.

Los indicados requisitos habrán de mantenerse hasta la resolución del proceso selectivo. Asimismo, se exigirá reunir los requisitos de compatibilidad en el momento de la incorporación, de acuerdo con la legislación vigente.

3. Forma y plazo de presentación de solicitudes

3.1. Las solicitudes para tomar parte en el proceso se ajustarán al modelo de instancia que figura en el Anexo II de las presentes bases, modelo que a su vez estará disponible en las Oficinas de Atención al Ciudadano y en la Unidad de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, así como en la página web www.pozuelodealarcon.org y en la publicación del Tablón de Edictos, que podrá consultarse a través de la sede electrónica: https://pozuelodealarcon.es/sedeelectronica/index.asp; y podrá presentarse por cualquier medio de los establecidos en el artículo 16.4, con las previsiones de la disposición transitoria segunda, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad o pasaporte en vigor.

b) Certificado, original o fotocopia compulsada, referido a los requisitos que se exigen para el desempeño del puesto convocado, expedido por el órgano de las Administraciones Públicas con potestad certificante, y que habrá de aludir al Cuerpo o Escala/Subescala/Clase del funcionario, Grupo/Subgrupo, Administración de procedencia y situación administrativa actual, en caso de ser funcionario de carrera.

c) Fotocopia simple del título de Doctor, Grado o Licenciado correspondiente al requisito de titulación exigido en el apartado 2 anterior. Equivaldrá a dicho título un certificado acreditativo de reunir los requisitos para la expedición del mismo, emitido por el órgano público competente, así como el justificante de liquidación del pago de las tasas académicas por su expedición, en su caso. En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, habrá de acreditarse su homologación y, en su caso, traducción oficial.

d) “Curriculum vitae”, en el que se habrá de reflejar, al menos, los títulos académicos y profesionales, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados, estudios y cursos de formación realizados, así como cualquier otro mérito que considere oportuno el candidato. Para poder proceder a la toma en consideración respecto al cumplimiento de los requisitos y valoración de los méritos aducidos, el currículum vitae deberá ir acompañado de la documentación acreditativa de los mismos, en original o copia debidamente compulsada o certificada.

3.2. Dichas solicitudes y la documentación que se acompañe a las mismas deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, sito en las Oficinas de atención al ciudadano, o en cualquiera de las formas contempladas en el citado artículo 16.4, con las previsiones de la disposición transitoria segunda, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al que aparezca publicado en el “Boletín Oficial del Estado” el anuncio de la convocatoria, el cual identificará el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID donde figurarán las bases completas.

Estas bases se publicarán además en el tablón de anuncios municipal y en la página web del Ayuntamiento (www.pozuelodealarcon.org), donde también serán publicados los sucesivos anuncios correspondientes a la presente convocatoria.

3.3. Expirado el plazo de presentación de instancias, se dará traslado de las solicitudes presentadas junto a su documentación al órgano competente para que pueda efectuar la propuesta que fuere procedente. Previamente, si ha lugar a ello, se otorgará un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de las solicitudes, de conformidad con lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. Resolución y designación/contratación

4.1. Recibidas las solicitudes de participación y subsanados, en su caso, los defectos en que las mismas pudieran incurrir, por el/la titular del Área de Gobierno de Hacienda y Recursos Humanos se formulará propuesta de nombramiento de funcionarios o contratación a la Junta de Gobierno Local a favor del candidato que se determine, atendiendo a criterios de mérito, capacidad, idoneidad para el puesto, competencia profesional y experiencia, previo examen de los méritos alegados y la documentación presentada, sin perjuicio de que por falta de idoneidad pueda declararse desierto el procedimiento.

4.2. De igual modo, con carácter previo a la propuesta de nombramiento, podrán requerirse cuantos informes se estimen necesarios para formular dicha propuesta, pudiendo incluso convocar a alguno/s o a todos los aspirantes para la celebración de una entrevista personal sobre cuestiones derivadas de su currículum profesional y cualesquiera otras que el órgano competente tenga a bien realizar.

4.3. El nombramiento se efectuará por la Junta de Gobierno Local a propuesta del/la titular del/la titular del Área de Gobierno de Hacienda y Recursos Humanos. De la resolución de nombramiento habrá de darse cuenta a los organismos que proceda. Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento.

No obstante lo anterior, podrá quedar desierto el proceso si no hubiera candidato idóneo para el puesto, a juicio del órgano competente.

4.4. Notificado el acuerdo y con anterioridad al alta del candidato designado, éste deberá formular declaración en el sentido establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta, apartado 2, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de acuerdo con el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

4.5. El plazo de toma de posesión o formalización del contrato será el establecido en la normativa vigente

5. Protección de datos

A los efectos de cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento por el Excmo. Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a la convocatoria, con el fin de facilitar el llamamiento de los seleccionados si fuere necesario; pudiendo ejercerse, dirigiéndose por escrito a la Concejalía de Recursos Humanos y Formación, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos legalmente previstos.

6. Régimen de impugnaciones

Contra el acuerdo aprobatorio de las presentes bases y convocatoria, y conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse por quien posea la condición de interesado y potestativamente: recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, desde la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” o en el Tablón de Anuncios Municipal (si es posterior), o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde dicha publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha jurisdicción.

Lo que se publica para general conocimiento y efectos oportunos.

En Pozuelo de Alarcón, a 19 de marzo de 2018.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, nombramiento accidental (resolución DGAL de 29 de enero de 2018), Virginia Núñez Gascón.

(02/11.136/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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