Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
18-04-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180418-69

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 3

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Majadahonda número 3. Procedimiento 104 de 2014, notificación a Jennie Salamanca Marcial y otros

EDICTO

En los autos número 104 de 2014 se ha dictado decreto de adjudicación cuyos hechos y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Decreto número 50 de 2017

Majadahonda, a 14 de febrero de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia, Ana Jiménez Delgado.

Antecedentes de hecho:

Primero.—Por el procurador don Marcelino Bartolomé Garretas actuando en nombre y representación de “Bankia, Sociedad Anónima” formuló demanda de ejecución contra doña Jennie Salamanca Marcial, don Pío Domingo Salamanca, como deudores no hipotecantes y doña Rebeca Urbistondo Colcol y don Norte Domingo Salamanca, en calidad de deudores hipotecantes.

Segundo.—Por auto de 27 de marzo de 2014 se despachó ejecución contra los demandados expresados por las siguientes cantidades: 192.332,67 euros en concepto de principal, e intereses ordinarios y moratorios vencidos más otros 57.699,00 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses y costas que pudieran devengarse sin perjuicio de su ultrior liquidación, notificándose esta resolución a los ejecutados, ordenándose que se ejecute el préstamo hipotecario de fecha 5 de julio de 2005, ejercitándose la acción contra el siguiente bien inmueble hipotecado: finca 5.467, inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Las Rozas, al tomo 2.969, libro 976, folio 163.

Tercero.—Se aportó a autos la certificación registral prevista en el artículo 656 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, constando asimismo haberse realizado las notificaciones a que se refiere el artículo 659 de dicha Ley.

Cuarto.—A instancias de la parte ejecutante se sacaron los bienes embargados a pública subasta, anunciándose por medio de edictos, habiéndose celebrado con fecha 10 de junio de 2015 que tuvo lugar sin efecto por falta de licitadores.

Quinto.—Por el ejecutante, dentro del plazo establecido en el artículo 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha solicitado la adjudicación de los bienes subastados, por la cantidad de 195.650,00 euros correspondiendo al 70 por 100 del valor de tasación de la vivienda hipotecada al tratarse de la vivienda habitual del deudor y se renuncia expresamente a la cesión de remate a un tercero. El importe total de la deuda a la fecha de liquidación del préstamo asciende a 192.332,67 euros. Y la cantidad aprobada por costas procesales a 9.616,63 euros y por intereses a 16.454,53 euros.

Parte dispositiva:

Se adjudica a la parte ejecutante “Bankia, Sociedad Anónima” el bien escrito en el segundo antecedente de hecho de esta resolución, por 195.650,00 euros correspondiendo al 70 por 100 del valor de tasación de la vivienda hipotecada al tratarse de la vivienda habitual del deudor y se renuncia expresamente a la cesión de remate a un tercero.

Una vez firme esta resolución se procederá, a instancias del adjudicatario, a librar por el letrado de la Administración de Justicia de este Juzgado mandamiento por duplicado de cancelación de cargas.

Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante el letrado de la Admónistración de Justicia, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a los ejecutados doña Jennie Salamanca Marcial, don Pio Domingo Salamanca, doña Rebeca Urbistondo Colcol y don Norte Domingo Salamanca, expido y firmo la presente.

En Majadahonda, a 6 de junio de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/2.204/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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