Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
18-04-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180418-123

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

123
Madrid número 29. Ejecución 170 de 2015, notificación a Pedro Cano de Frutos

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 170/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CONSOLACION DIAZ MADROÑERO MANCHEÑO frente a D./Dña. PEDRO CANO DE FRUTOS sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución :

Se acuerda: El embargo del bien inmueble que se describe: FINCA Nº 33533 Sección 2ª del Registro de la Propiedad nº 8 de Madrid (Tomo 2329, Libro 646, Folio 124) con referecia catastral 8628906VK4782H0008AE, vivienda urbana sita en calle Duque del Sevillano nº 8, segunda planta “B” en el barrio de Vicalvaro (Madrid) como propiedad de D./Dña. PEDRO CANO DE FRUTOS, para responder de la cantidad de 5.812,75 EUROS de principal, más 1.116,79 euros de intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancia de D./Dña. CONSOLACION DIAZ MADROÑERO MANCHEÑO contra D./Dña. PEDRO CANO DE FRUTOS.

Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

Requerir al ejecutado, para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo Fundamento Jurídico del presente Decreto.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. PEDRO CANO DE FRUTOS , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de marzo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/11.525/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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