Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
17-04-2018

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180417-63

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Majadahonda. Régimen económico. Concesión subvenciones

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; artículo 30 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y título V de la ordenanza reguladora de las bases de subvenciones del Ayuntamiento de Majadahonda, para el Área de Cooperación al Desarrollo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de agosto de 2008), se publica la relación de subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Majadahonda mediante decreto de Alcaldía 4167/2017, de 21 de diciembre, al amparo del decreto de Alcaldía 2524/2017, de 16 de agosto, por el que se convocaron subvenciones para la realización de Proyectos de Cooperación al Desarrollo, año 2017, con un crédito de 153.000 euros, correspondiente al Programa Presupuestario “2311: Asistencia Social Primaria”, que se especifican en el Anexo.

Proyectos que han sido denegados porque, aun pudiendo ser objeto de subvención, dado que cumplen los requisitos de las bases de la convocatoria, tienen una puntuación menor que las anteriores y se ha agotado el crédito presupuestario quedando en lista de espera, de conformidad con lo previsto en el título 5 de la “Ordenanza Reguladora de las Bases de Subvenciones para el Área de Cooperación al Desarrollo del Ayuntamiento de Majadahonda”:

Majadahonda, a 16 de marzo de 2018.—La concejala-delegada de Bienestar Social, Sanidad, Mayores y Familia, María José Montón Rosáenz.

(02/10.588/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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