Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
17-04-2018

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180417-54

Páginas: 6


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

URBANISMO

54
Getafe. Urbanismo. Estudio detalle parcelas

Por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el 16 de marzo de 2018, se acordó aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de las parcelas C.E.S. y SP de la Zona de Ordenanza Incorporada 01 “Espartales” del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, promovido por Coliseum Real Estate Investments, S. L., cuyas ordenanzas se adjuntan como Anexo al presente anuncio.

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, significando que ha sido remitido con fecha 27 de marzo de 2018 un ejemplar del Estudio de Detalle de las parcelas C.E.S. y SP de la Zona de Ordenanza Incorporada 01 “Espartales” del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe aprobado, al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la presente publicación.

ANEXO

II. MEMORIA

1. Necesidades del estudio de detalle

En el pliego de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares del procedimiento abierto para la adjudicación por concurso de la enajenación de la parcela urbana “C.E.S”, de uso terciario situada en Getafe Norte. Que fue aprobado el 6 de julio de 2016, exigía que una vez adjudicado el concurso, era obligación del adjudicatario presentar un estudio de detalle. Las sociedades Gobel Estudios y Proyectos, S.L. y Alba Desarrollos Terciarios, S.L., habiendo sido adjudicatarias de dicha parcela urbana “C.E.S”, incorporada en la ordenanza ZOI-1: Espartales, forman una sociedad denominada Coliseum Real Estate Investments, S.L, con NIF B87688910 para desarrollar el presente Estudio de Detalle cuyo objeto es:

1. Establecer alineaciones, rasantes y ordenar volúmenes de acuerdo con las especificaciones del Plan General de la parcela “C.E.S” y la colindante “SP” *. Ambas parcelas vienen reflejadas en el plano “02 normativa de aplicación”.

2. Definir los accesos a la parcela “C.E.S” a través de la servidumbre de acceso por la parcela colindante SP. Dicha servidumbre viene reflejada en el Anexo A.

Se aprovechará la servidumbre, en la medida de lo posible, para llevar los suministros y acometidas a pie de parcela.

2. Promotor

El presente documento se redacta por iniciativa privada de la sociedad mercantil Coliseum Real Estate Investments, S.L con CIF: B87688910 y dirección fiscal a todos los efectos en Calle Islas Antípodas 79, 28905 Getafe. Madrid.

3. Redactor

El presente estudio de detalle ha sido redactado por el equipo técnico de la empresa mercantil Proiingest Arquitectura e Ingenieria, SLP, con domicilio a estos efectos en Natea Business Park. Avd. de la Industria, 4, E 1 Esc.2. 3.o, 28109 Alcobendas-Madrid.

4. Situación, emplazamiento y estado actual

Las parcelas objeto del presente documento se sitúan en:

— Municipio: Getafe (Madrid).

— Situación: Getafe Norte Los Espartales. ZOI-01, 28903-Getafe (Madrid).

Los lindes de la parcela “C.E.S.” son:

— Al Noroeste, con parcela de Espacio Libre y Zona Verde pública (ZV) en línea recta de 50,61 metros.

— Al Sureste, con parcela de Equipamiento Público Deportivo (D) en línea recta de 68,86 metros.

— Al Suroeste, con parcela de Equipamiento Público de servicio Público (SP) en línea recta de 40 metros.

— Al Noroeste, con parcela de Espacio Libre y Zona Verde pública (ZV) en línea recta de 43,95 metros.

Los lindes de la parcela “SP” son:

— Al Noreste, con parcela comercial “C.E.S.” en línea recta de 40 metros.

— Al Sureste, con parcela de Equipamiento Público Deportivo (D) en línea recta de 40 metros.

— Al Suroeste, con Avenida Teresa de Calcuta en línea recta de 40 metros.

— Al Noroeste, con parcela de Espacio Libre y Zona Verde pública (ZV) en línea recta de 40 metros.

En el plano “01 situación y emplazamiento” que se adjunta en este documento, queda detallada la ubicación.

Superficies:

— La parcela “C.E.S.” presenta una superficie de 2.400 metros cuadrados.

— La parcela “SP” presenta una superficie de 1.600 metros cuadrados.

La adjudicación de esta parcela, incluye una servidumbre de acceso por la parcela colindante (SP). Dicha servidumbre viene recogida en el Anexo A adjunto en este estudio de detalle.

5. Normativa urbanística de aplicación

Las parcelas “C.E.S” y “SP”, objeto de Estudio de Detalle, quedan recogidas dentro de la zona de Ordenanza Incorporada en el Anexo “ZOI-1: Espartales” del Plan General de ordenación urbana de Getafe.

En el Anexo A de este documento encontramos la información urbanística de las parcelas “C.E.S.” y “SP”.

A continuación, se exponen mediantes estos cuadros los parámetros urbanísticos de ambas parcelas:

En el plano “02 normativa de aplicación” que se adjunta en este documento, se representa el ámbito de la parcela.

6. Definición del estudio de detalle. Cuadro de características

El pliego del concurso mencionado en el punto “1. Necesidades del estudio de detalle” de este documento, exige la redacción de un estudio de detalle para:

— Establecer alineaciones, rasantes y ordenar volúmenes de acuerdo con las especificaciones del Plan General.

— Definir los accesos a parcela “C.E.S.” a través de la servidumbre de acceso por la parcela colindante SP.

A continuación, se detallan los parámetros propuestos:

En el plano “03 Ordenación Parcela” que se adjunta en este documento, quedan desarrollados los parámetros urbanísticos expuestos en el anterior cuadro.

6.1. Servidumbre. Accesos. Partiendo de la ficha de la parcela “SP” adjunta en el Anexo A de este documento, existe una servidumbre de acceso a la parcela “C.E.S” a través de la parcela “SP”. Mediante el presente estudio de detalle se define ubicación y tamaño de la servidumbre.

En el plano “04 Suministros y Definición de Servidumbre” queda definida la servidumbre de accesos.

— La servidumbre de acceso contará con entrada y salida de vehículos y acerado para peatones.

Se ubicará perpendicular a la Avenida Teresa de Calcuta y discurre paralela al aparcamiento deportivo.

— Como se detallaba anteriormente, la parcela “C.E.S” no tiene suministros, por lo que hay que llevarlos a pie de parcela. Se dará prioridad a la servidumbre de acceso para llevar dichas acometidas a la parcela que nos ocupa.

6.2. Descripción de la propuesta. A continuación, se describe la propuesta de ordenación. En el plano adjunto “03 Ordenación Parcelas” se detallan las zonas de movimiento de la edificación en las parcelas.

— Acerado: El acceso a la parcela discurrirá perpendicular a la calle Avenida de Calcuta y paralela y adosada al aparcamiento público.

Dicho acceso/servidumbre constará de izquierda a derecha, de una acera peatonal de 1,5 metros de ancho seguido por dos carriles para tráfico rodado en ambos sentidos de 2,75 metros cada uno. Cerrando con otra acera de 3 metros de ancho. La anchura de este último tramo de acera viene dada por las necesidades de conservación de los árboles existentes en el borde de parcela.

— Zona de movimiento de coches: Toda la parcela estará adaptada al tráfico rodado. También contará con plazas de aparcamiento necesarias para la actividad según plan general de urbanismo.

— Zonas de movimiento de la edificación: Como se puede apreciar en el plano anteriormente nombrado, existen zonas llamadas: “Zona de movimiento de la edificación” en las cuales se edificarán los futuros edificios. Entre estas zonas de movimiento de la edificación quedan espacios llamados “Zona circulación parcela” por donde circularán tanto coches como peatones y se ubicarán las zonas verdes.

6.3. Suministros de urbanización. Actualmente la parcela “C.E.S.” no dispone de suministros de ningún tipo. De cara a urbanizarla se llevará a pie de parcela los siguientes suministros: electricidad, agua sanitaria y agua de incendios, saneamiento, gas y telefonía.

Todos estos suministros poseen la confirmación por parte de las compañías suministradoras de su posibilidad de ubicación en la parcela. En el plano “04 Suministros y Definición de Servidumbre” se aprecia por dónde llegarán los suministros a la parcela “C.E.S” y dónde se colocarán las acometidas de dichas instalaciones.

Los suministros se llevarán hasta pie de parcela a través de la servidumbre de acceso, en la medida de lo posible. Las acometidas de dichas instalaciones estarán a pie de parcela.

Todos los suministros que se plantean en este punto, tanto ubicación de acometidas como trazado de cableado, están sujetos a aprobación final de las compañías suministradoras, y a la viabilidad técnica del trazado.

7. Cuadro comparativo Plan General-Estudio de Detalle

8. Arbolado parcela

Los árboles que se encuentran dentro de las parcelas serán tratados según la “Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid”, actualizada el 31 de diciembre de 2015.

En el documento «Anexo C: Informe técnico sobre arbolado urbano parcela urbana “C.E.S”, ZOI-01 Espartales. Plan General de Getafe, Madrid», adjunto en este documento, se realiza un estudio de cada árbol de la parcela y se detalla la solución óptima acorde al estado del mismo.

En el documento «Anexo D: Mejoras sobre el informe técnico sobre arbolado urbano parcela urbana “C.E.S.”, ZOI-01, Espartales. Plan General de Getafe, Madrid», adjunto en este documento, se realiza un estudio de cada árbol de la parcela y se detalla la solución óptima acorde al estado del mismo.

9. Evaluación de sotenibilidad

El Estudio de Detalle que se presenta no supone variación alguna en la ordenación, manteniéndose todos los parámetros fijados por el Plan General.

La actuación no plantea obra de urbanización de espacios libres públicos, por lo que no se trata de una operación de transformación. Toda la obra que se va a realizar se sitúa en el interior de las parcelas y no tiene más destino que dar servicio a las propias parcelas.

La propuesta de Estudio de Detalle se realiza en un Suelo Urbano Consolidado donde las parcelas ya han cumplido con todos sus deberes de cesión y urbanización.

La singularidad de ejecutar la urbanización de la servidumbre sobre la parcela SP, está incluida en el concepto del artículo 17.a) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid:

[…] “Realizar las obras ordinarias de carácter accesorio que resten para completar la urbanización de forma que la parcela adquiera la condición de solar con carácter previo o, en su caso y en las condiciones que se fijen, de forma simultánea a la edificación” […].

Por lo tanto, se trata de una actuación asistemática que se resolverá con licencia directa, y se someterá a los controles propios de las licencias.

Getafe, a 2 de abril de 2018.—El secretario general del Pleno, Pedro Bocos Redondo.

(02/11.779/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180417-54