Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90

Fecha del Boletín 
16-04-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180416-144

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

144
Madrid número 39. Procedimiento 895 de 2017, notificación a Cubiertas Martín y Toribio, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 895/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. OMAR PATRICIO ORTIZ PICUASI frente a CUBIERTAS MARTIN Y TORIBIO SL, INTESTA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SL y D./Dña. FELIPE MARTIN TORIBIO sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

FALLO

Desestimando la demanda de despido presentada por D. Omar Patricio Ortíz Picuasi, frente a las empresas INTESTA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.L., CUBIERTAS MARTÍN TORIBIO S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, debo absolver y absuelvo a la citada parte demandada de las peticiones deducidas en su contra derivadas de dicha pretensión. Procede estimar y estimo en parte la pretensión acumulada de cantidad, debiendo condenar y condeno a la demandada CUBIERTAS MARTÍN TORIBIO S.L., a abonar al actor la suma de 2.360,96 euros en concepto de cantidad bruta, debiendo responder solidariamente INTESTA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.L., con el límite de 969,75 euros. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación en la forma y plazos establecidos en la Ley de la Jurisdicción Social.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CUBIERTAS MARTIN Y TORIBIO SL y D./Dña. FELIPE MARTIN TORIBIO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de marzo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/11.101/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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