Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
05-04-2018

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180405-30

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

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EXTRACTO de la Resolución de 14 de marzo de 2018, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se realiza la convocatoria 2018 de ayudas para estancias breves en España y en el extranjero de los beneficiarios de las ayudas Universidad Complutense de Madrid para contratos predoctorales de personal investigador en formación.

BDNS (Identif.): 390752

Extracto de la Resolución de 14 de marzo de 2018, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se realiza la convocatoria 2018 de ayudas para estancias breves en España y en el extranjero de los beneficiarios de las ayudas Universidad Complutense de Madrid para contratos predoctorales de personal investigador en formación.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios

Podrán solicitar estas ayudas los contratados predoctorales del programa de formación de personal investigador de la Universidad Complutense de Madrid que, de conformidad con las normas y requisitos recogidos en la correspondiente convocatoria, se encuentren en el tercer o cuarto año de contrato predoctoral en el momento de realizar la estancia, y no hayan realizado con anterioridad más de una estancia breve financiada por la Universidad Complutense de Madrid. Los contratados predoctorales solo podrán disfrutar de un máximo de dos estancias breves financiadas por la Universidad Complutense de Madrid.

Segundo

Objeto

Estancias con finalidad formativa en centros extranjeros o españoles de localidad distinta de la del desarrollo de la tesis, para realizar trabajos en laboratorios de investigación, consulta de fondos bibliográficos o documentación, aprendizaje de nuevas técnicas instrumentales y otras actividades que redunden en la mejor consecución del proyecto de investigación para el que se concedió la ayuda predoctoral en España al interesado.

Tercero

Bases reguladoras

www.ucm.es/eb27-18

Cuarto

Cuantía

La financiación de la presente convocatoria es de 90.000 euros.

El importe de la ayuda será fijado por la comisión evaluadora con los siguientes límites máximos:

Ayuda para estancia:

a) Hasta 25 euros por día en España, con un máximo de 900,00 euros.

b) Hasta 50 euros por día en el extranjero, con un máximo de 1.800,00 euros.

Ayuda para el viaje:

a) Desplazamientos en España: Dentro de la península, hasta 90 euros.

— A las islas Baleares, Ceuta, Melilla: Hasta 120 euros.

— A las islas Canarias: Hasta 150 euros.

b) Desplazamientos en el extranjero: Hasta 600 euros cuando el lugar de destino sea un país de Europa y hasta 1.200 euros cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 14 de marzo de 2018.—El Rector Carlos Andradas Heranz, PD (Decreto Rectoral 16/2015, de 15 de junio, de creación de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense de Madrid, de delegación de competencias en estos y otros órganos unipersonales y de diversas cuestiones de índole organizativo, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 180, de 31 de julio de 2015), el Vicerrector de Política Científica, Investigación y Doctorado de la Universidad Complutense de Madrid, Ignacio Lizasoain Hernández.

(03/10.866/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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