Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180326-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83

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Madrid número 83. Procedimiento 66 de 2016, notificación a Motor Sangar, S. L.

EDICTO

Doña María Soravilla García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 83 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 66 de 2016 instados por procurador don Ignacio Argos Linares, en nombre y representación de “Fondomóvil Industrial, Sociedad Limitada”, contra “Motor Sangar, Sociedad Limitada”, don Ángel Sánchez Rodríguez y “Autohesa Motor, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado, en fecha 11 de diciembre de 2017, sentencia, cuya parte dispositiva y cuyo fallo es la siguiente:

Hechos

Que por la demandante se presentó demanda de juicio ordinario en reclamación de una cierta cantidad de dinero en virtud de la falta de pago de unos suministros de pintura y barnices contra los demandados, quienes no contestaron a la demanda, siendo las partes convocadas para la celebración de Audiencia Previa que se desarrolló el día 7 de diciembre de 2017 en la cual no se propuso más prueba que la ya aportada con la demanda, quedando los autos conclusos.

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por la representación de “Fondomóvil Industrial, Sociedad Limitada”, contra “Autohesa Motor”, “Motor Sangar” y don Ángel Sánchez Rodríguez, debo declarar y declaro haber lugar a:

a) Condenar a los demandados a pagar solidariamente a la actora la cantidad de 16.099,51 euros.

b) Condenar a los demandados a pagar a la actora los intereses legales de la anterior cantidad.

c) Imponer a los demandados el pago de las costas procesales ocasionadas a la demandante.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo, haciendo saber a las partes que contra ella cabe recurso de apelación que podrá interponerse en este mismo Juzgado en el plazo de veinte días desde el siguiente a su notificación, siendo necesario depósito por valor de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado “Autohesa Motor, Sociedad Limitada” y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 11 de diciembre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/42.234/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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