Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180326-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

112
Madrid número 8. Ejecución 229 de 2017, notificación a Alextek Electrónica, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA DEL CARMEN MARTIN GARCIA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en la Ejecución nº229/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ADINA PAULA BAISAN frente a ALEXTEK ELECTRONICA SL se ha dictado decreto en fecha 5 de marzo de 2018, por el que se acuerda alzar el embargo trabado en las presentes actuaciones, sobre los bienes de la ejecutada ALEXTEC ELECTRONICA SL por la cantidad total de 11100,28 euros, procediéndose a dar de baja los embargos telemáticos practicados, no procediendo poner a disposición de la ejecutante cantidad alguna hasta que no conste al Juzgado la firmeza de la notificación del despacho de ejecución a la ejecutada, resolución contra la que cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los tres días siguientes a su notificación el recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S) debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2506-0000-64-0229-17.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ALEXTEK ELECTRONICA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de marzo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.897/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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