Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180326-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

111
Madrid número 7. Ejecución 235 de 2015, notificación a Rubén Pérez Tomás

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA BELEN GOMEZ RODRIGUEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 07 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 235/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. SONIA HUETE MONTERO frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL y D. RUBEN PEREZ TOMAS sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

Declarar a D. RUBEN PEREZ TOMAS en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 16.938’49 €, insolvencia que se entenderá a todos los efectos, como provisional.

b) Una vez firme la presente resolución:

• Expídanse los correspondientes testimonios para la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

• Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto número 2505-0000-64-0235-15.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D. RUBEN PEREZ TOMAS, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de marzo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.565/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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