Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2018

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180307-98

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

98
Aranjuez. Organización y funcionamiento. Delegación genérica de competencias

Por esta Alcaldía-Presidencia, se ha dictado el siguiente decreto:

DECRETO

Observado error en Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 15 de enero de 2018 sobre delegaciones genéricas de competencias, registrado con número de resolución 11658/2018, se dicta nuevo Decreto, quedando anulado el mencionado anteriormente.

Organización municipal. Delegaciones de la Alcaldía-Presidencia.

Interesados: Corporación Municipal.

Asunto: delegando de forma genérica competencias de la Alcaldía en materia de Portavocía, Gobernanza y Servicios a las Personas.

Considerando las competencias que la legislación local otorga a esta Alcaldía-Presidencia, procede realizar delegaciones de las mismas en los Tenientes de Alcalde y miembros de la Junta de Gobierno, ello conforme determinan los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, y 74 del Reglamento Orgánico Municipal, por lo que:

Resuelvo:

Primero. Delegar de forma genérica, adscrito al área de Gobernanza y Régimen Interior, en el Teniente de Alcalde don Óscar Blanco Hortet las competencias de Portavocía, Gobernanza, Obras y Servicios, Transportes y Deportes que comprenden las siguientes funciones:

— Gobernanza, Régimen Interior, Contratación, Comunicación, Transportes, Obras y Servicios y Deportes.

Segundo. Las competencias encomendadas comprenderán la dirección y gestión de las áreas de actividad municipal, conforme al carácter genérico de la delegación realizada, y en los términos establecidos en el artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, pudiendo resolver actos administrativos que afecten a terceros.

Las funciones delegadas serán llevadas a cabo bajo la consideración de que la Alcaldía-Presidencia podrá ejercerlas en cualquier momento, sin que ello suponga la avocación de las mismas.

Tercero. Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno Municipal y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Tablón de Edictos y se notificará, a los interesados y a los miembros de la Corporación, entrando en vigor el día de su firma.

Aranjuez, a 22 de enero de 2018.—La alcaldesa-presidenta, Cristina Moreno Moreno.

(03/3.055/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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