Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180307-191

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

191
Madrid número 8. Procedimiento 756 de 2017, notificación a Falcon Contratas y Seguridad, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alejandro Asensio Muñoz, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 756 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Nichel Lorenzo Arenas Uriarte, frente a “Segur Ibérica, Sociedad Anónima”, “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y “Landwell-Pricewaterhousecoopers Tax & Legal Services, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 40

En Madrid, a 1 de febrero de 2018.

Don Francisco Javier Piñonosa Ros, magistrado-juez de Adscripción Territorial en funciones de refuerzo del Juzgado de lo social número 8 de Madrid, tras haber visto los presentes autos con número 756 de 2017, en materia de reconocimiento de derecho y reclamación de cantidad, seguidos a instancias de don Nichel Lorenzo Arenas Uriarte, con DNI número 50751918-A, representado por la letrada doña Polina Veselinova Dimitrova, contra la empresa “Segur Ibérica, Sociedad Anónima”, y su administración concursal, la entidad “Landwell-Pricewaterhousecoopers Tax & Legal Services, Sociedad Limitada”, y contra la empresa “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, que no comparecen, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por don Nichel Lorenzo Arenas Uriarte, contra la empresa “Segur Ibérica, Sociedad Anónima”, y contra su administración concursal, la entidad “Landwell-Pricewaterhousecoopers Tax & Legal Services, Sociedad Limitada”, declaro el derecho de aquel a percibir la cantidad de 5.280 euros, por los conceptos de compensación extraordinaria por cumplimiento de jornada de 162 horas al mes en las instalaciones de Metro y complemento Metro en el período comprendido entre febrero de 2016 y junio de 2017; condeno a “Segur Ibérica, Sociedad Anónima”, al abono de tal cantidad, más los intereses del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, y a la citada administración concursal a estar y pasar por dicha declaración y sus efectos.

Absuelvo a la mercantil “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, de las pretensiones contenidas en la demanda.

Y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial de las pretensiones deducidas en su contra, sin perjuicio de su eventual responsabilidad legal subsidiaria en caso de insolvencia del empresario.

Se advierte a las partes de que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 2506-000000-0756-17 del “Banco Santander”, aportando el resguardo acreditativo, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el “Banco Santander” o presentar aval de entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de febrero de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/6.274/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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