Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180307-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52

155
Madrid número 52. Procedimiento 374 de 2017, notificación a Aalto Fox Diseño, S. L.

EDICTO

En los autos número 374 de 2017 se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

Hago saber: Que la ilustrísima señora doña María Teresa Santos Gutiérrez, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 52 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado en juicio verbal número 374 de 2017, instado por el procurador señor Granizo Palomeque, en nombre y representación de “New Winds Retail, Sociedad Limitada”, frente a “Aalto Fox Diseño, Sociedad Limitada”, y atendiendo a los siguientes:

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Granizo Palomeque en nombre y representación de “New Winds Retail, Sociedad Limitada”, frente a “Aalto Fox Diseño, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 1.500,00 euros de principal, más los intereses correspondientes desde la fecha de presentación de la demanda hasta el total pago de la misma.

Con expresa imposición de las costas originadas en el presente juicio contra la demandada.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Aalto Fox Diseño, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de enero de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/2.231/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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