Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2018

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180307-104

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRAOJOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

104
Braojos. Régimen económico. Calendario fiscal

Por resolución de Alcaldía 14/2018, se acuerda la aprobación del calendario de cobro de tributos municipales de carácter periódico y notificación colectiva del año 2018.

Del 1 de mayo al 30 de junio estarán puestos al cobro los recibos correspondientes a:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Tasa recogida de residuos urbanos.

Del 1 de julio al 30 de septiembre estarán puestos al cobro los recibos correspondientes a:

— Impuesto sobre bienes inmuebles urbana y rústica.

— Impuesto de actividades económicas.

— Tasa por aprovechamiento de pastos.

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio del período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, se iniciará el período ejecutivo y las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose intereses de demora y los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria.

El cobro se realizará en el Ayuntamiento de Braojos de la Sierra, en las fechas establecidas al efecto. Los recibos domiciliados se pasarán al cobro en la primera quincena del último mes del período de pago voluntario.

Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

En Braojos de la Sierra, a 9 de febrero de 2018.—El alcalde-presidente, Ricardo José Moreno Picas.

(02/5.872/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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