Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180305-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

LICENCIAS

Pleno del Ayuntamiento

62
Madrid. Licencias. Pleno del Ayuntamiento. Ten Brinke Desarrollos, S. L.

Acuerdo del Pleno, de 31 de enero de 2018, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la para la implantación de la actividad de establecimiento de mediano comercio de alimentación en la calle de Ricardo San Juan, números 30-32-34-36, promovido por “Ten Brinke Desarrollos, Sociedad Limitada”, Distrito de Hortaleza.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión (2/2018) ordinaria, celebrada el día 31 de enero de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas durante el período de información pública por don Fernando Gil San Andrés, de conformidad con el informe técnico del Departamento de los Servicios Técnicos del Distrito de 4 de diciembre de 2017.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para implantación de la actividad de establecimiento de mediano comercio de alimentación en la calle de Ricardo San Juan, números 30-32-34-36, promovido por la entidad “Ten Brinke Desarrollos, Sociedad Limitada”,.

El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia indefinida, desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid”.

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido con fecha 9 de febrero de 2018 un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Madrid, 12 de febrero de 2018.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/6.124/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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