Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2018

Sección 1.4.95.21: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180305-52

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

AGENCIA DE VIVIENDA SOCIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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RESOLUCIÓN 2667/2017, de la Directora-Gerente de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, de cesión de uso de dos viviendas en la avenida Doctor García Tapia, números 5 y 7, de Madrid, para su adscripción a la Consejería de Políticas Sociales y Familia.

I. La Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid es titular registral de las siguientes viviendas:

1. Urbana: Vivienda segundo derecha dúplex, desarrollada en la planta 4.a y 5.a, del bloque número diez con entrada por la calle Doctor García Tapia, de la edificación sita en el Polígono treinta y ocho de la Avenida de la Paz, entre las calles de Félix Rodríguez de la Fuente y Doctor García Tapia, de Madrid. Tiene una superficie construida de 132,68 metros cuadrados. Linda: al frente, por donde tiene su entrada, con caja y rellano de escalera, hueco de ascensor y vivienda izquierda de esta planta y bloque; al fondo, con bloque anterior de viviendas pertenecientes a este edificio; a la izquierda, con la calle Félix Rodríguez de la Fuente; y a la derecha, con la calle Doctor García Tapia. Cuota de participación en el portal al que pertenece: 12,596 por 100. Cuota de participación en el total del inmueble: 0,256 por 100.

Referencia catastral: 4242901VK4744A0078SU.

La citada vivienda, que figura inscrita en el Registro de la Propiedad n.o 8 de Madrid, con el número 46294, pertenece a la Agencia de Vivienda Social en pleno dominio por título de división horizontal.

2. Urbana: Vivienda segundo izquierda dúplex, desarrollada en las plantas 4.a y 5.a, del bloque número nueve con entrada por la calle Doctor García Tapia, de la edificación sita en el Polígono treinta y ocho de la Avenida de la Paz, entre las calles de Félix Rodríguez de la Fuente y Doctor García Tapia, de Madrid. Tiene una superficie construida de 132,68 metros cuadrados. Linda: al frente, por donde tiene su entrada, con caja y rellano de escalera, hueco de ascensor y vivienda derecha de esta planta y bloque; al fondo, con bloque siguiente de viviendas pertenecientes a este edificio; a la izquierda, con la calle Doctor García Tapia; y a la derecha, con la calle Félix Rodríguez de la Fuente. Cuota de participación en el portal al que pertenece: 12,596 por 100. Cuota de participación en el total del inmueble: 0,256 por 100.

Referencia catastral: 4242901VK4744A0078SU.

La citada vivienda, que figura inscrita en el Registro de la Propiedad n.o 8 de Madrid, con el número 46287, pertenece a la Agencia de Vivienda Social en pleno dominio por título de división horizontal.

Con fecha 13 de julio de 2017 la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Políticas Sociales y Familia solicita de esta Agencia regularizar la situación de estos inmuebles puesto que vienen siendo utilizados desde 1990 como “pisos supervisados” en los que se desarrolla un programa de atención y apoyo a la reinserción de personas con enfermedad mental en situación de marginación sin hogar.

II. De acuerdo con los datos obrantes en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad de Madrid, se trata de unas viviendas dadas de alta en este inventario como expectativa de derecho.

III. Teniendo en cuenta la necesidad de regularizar la situación expuesta, que los referidos inmuebles no se consideran necesarios para el cumplimiento de los fines de esta Agencia de Vivienda Social, y que el destino que se pretende dar a los referidos inmuebles es de utilidad pública, procede, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, el otorgamiento de la cesión gratuita del uso de dicho local a la Comunidad de Madrid, para su posterior adscripción a la Consejería de Políticas Sociales y Familia.

Por lo tanto, vista la solicitud efectuada por la Dirección General de Personas con Discapacidad de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, de acuerdo con el artículo 56 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, artículo 1 del Decreto 244/2015, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la organización, estructura y régimen de funcionamiento de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, y Acuerdo del Consejo de Administración de 20 de mayo de 2002, esta Dirección-Gerencia de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, de conformidad con la propuesta de resolución de la Secretaría General, de 14 de septiembre de 2017,

RESUELVE

Primero

Ceder a la Comunidad de Madrid, con carácter gratuito, el uso de las viviendas anteriormente descritas, para su adscripción a la Consejería de Políticas Sociales y Familia, al objeto de que sean destinadas a “pisos supervisados” para su gestión por la empresa adjudicataria del correspondiente contrato de gestión de servicios públicos.

Segundo

Esta cesión de uso tiene carácter gratuito y se concede por un plazo de 10 años, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución.

Tercero

El destinatario de esta cesión asumirá y dará cobertura a cualquier riesgo que se origine por el ejercicio de la actividad a desarrollar y deberá mantener en perfecto estado las viviendas y en funcionamiento todos sus servicios, haciéndose cargo de los gastos de mantenimiento de estos, con cuanto derechos, usos y servicios le sean inherentes, quedando obligado al pago de todos los impuestos, tasas o precios públicos, vencidos o no que, siendo procedentes, recaigan sobre las viviendas.

Cuarto

Si las viviendas no fueran aplicadas para el fin previsto o dejaran de ser destinadas al mismo con posterioridad, la cesión de uso se considerará resuelta revertiendo el uso a la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 20 de septiembre de 2017.—La Directora-Gerente, Isabel Pinilla Albarrán.

(03/6.608/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.95.21: I. COMUNIDAD DE MADRID

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