Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180305-136

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 79

136
Madrid número 79. Procedimiento 550 de 2017, notificación a Daniel Miguel de los Santos García

EDICTO

Don Cristóbal García Pagán García, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número79 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento número 550 de 2017, instados por doña Mónica Robles Crevillén, por contra don Daniel Miguel de los Santos García, en ignorado paradero, en los que se ha dictado en fecha 17 de enero de 2018 auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Su señoría acuerda a autorizar a doña Mónica Robles Crevillén a la expedición del pasaporte y renovación del documento nacional de identidad de su hija menor de edad, Daniela de los Santos Robles, nacida en Madrid el día 25 de octubre de 2007, hija de doña Mónica Robles Crevillén y de don Daniel Miguel de los Santos García.

Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las partes.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—La magistrado-juez (firmado).—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Daniel Miguel de los Santos García, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 9 de febrero de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/6.362/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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