Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180305-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7

121
Madrid número 7. Procedimiento 276 de 2017, notificación a ignorados ocupantes calle Rocafort

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos número 276 de 2017, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de 22 de diciembre de 2017.

Sentencia número 396 de 2017

Madrid, a 22 de diciembre de 2017.—El magistrado-juez, Lorenzo Valero Baquedano.

Fallo

Que, estimando la demanda de juicio verbal interpuesta por la procuradora doña Elena Medina Cuadros, en nombre y representación de “Criteria Caixa, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la Recafort, número 145, quinto derecha, de Madrid, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio por precario de los expresados demandados, condenando a la parte demandada a que dentro del plazo legal desaloje y deje a la libre disposición de la parte actora el indicado inmueble, con apercibimiento de lanzamiento en otro caso.

Se imponen a la parte demandada las costas procesales causadas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículo 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2435-0000-03-0276-17 de este Órgano.

Y para que sirva de notificación a ignorados ocupantes de la calle Racafort, número 145, quinto derecha, Madrid, expido y firmo la presente en Madrid, a 5 de febrero de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/6.356/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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