Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180301-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Proyecto reparcelación

Aprobación de proyecto de reparcelación de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana 20.304, “Subestación Vicálvaro Iberdrola”, del Área de Planeamiento Incorporado 20.17, “Ensanche Este de San Blas”, promovido por la Junta de Compensación del Ámbito. Distrito de San Blas-Canillejas.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en la sesión celebrada el día 25 de enero de 2018 y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2017/11.898, ha adoptado el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, el proyecto de reparcelación de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana 20.304, “Subestación Vicálvaro Iberdrola”, del Área de Planeamiento Incorporado 20.17, “Ensanche Este de San Blas”, en los términos del informe emitido por la Subdirección General de Gestión Urbanística de 8 de enero de 2018.

Segundo.—Notificar el presente acuerdo a todos los propietarios e interesados y publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid y en uno de los diarios de mayor difusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto».

Este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado según lo dispuesto en los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 8 de febrero 2018.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.

(02/5.065/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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