Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2018

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180219-80

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDILECHA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Valdilecha. Régimen económico. Calendario fiscal

Por medio del presente anuncio se hace público que por la Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria de 24 de enero de 2018, adoptó acuerdo de aprobación del siguiente calendario de cobro de tributos para el año 2018:

Con el voto favorable de los cuatro concejales presentes de los cuatro que componen la Junta de Gobierno Local, se acuerda:

1.o Aprobar el siguiente calendario fiscal de cobro de tributos en período voluntario para el ejercicio 2018:

— Impuesto de vehículos de tracción mecánica, del 1 de abril al 30 de junio de 2018.

— Tasa de recogida domiciliaria de basuras, del 1 de abril al 30 de junio de 2018.

— Tasa de vados permanentes, del 1 de abril al 30 de junio de 2018.

— Tasa de cementerio municipal, del 1 de abril al 30 de junio de 2018.

— Impuesto de bienes inmuebles, del 1 de agosto al 31 de octubre de 2018.

— Impuesto de actividades económicas, del 1 de agosto al 31 de octubre de 2018

Exposición pública de padrones: los padrones fiscales, una vez aprobados por Junta de Gobierno Local, se expondrán al público en las oficinas municipales quince días antes de iniciarse los respectivos períodos de cobro y por el plazo de un mes.

La exposición pública de los padrones se realizará también por medios telemáticos.

Contra los actos de aprobación de los padrones y el contenido de estos podrá interponerse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública del padrón.

Plazo de ingreso: el pago de los tributos gestionados mediante los padrones fiscales anteriormente indicados podrá realizarse dentro de los plazos establecidos en el calendario fiscal aprobado por cada tributo.

Modo de ingreso: los recibos domiciliados se cargarán directamente en la cuenta autorizada por el contribuyente.

Para los recibos no domiciliados, el documento preciso para efectuar el pago será enviado al domicilio fiscal de los contribuyentes. En caso de no recibir el citado documento de pago, deberá solicitarlo en el Ayuntamiento dentro de los plazos de pago voluntario establecidos para cada tributo o a través de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento (www.valdilecha.org).

El pago podrá realizarse a través de las siguientes entidades bancarias, en los horarios que cada una de ellas tenga establecidos: “Caja Rural de Castilla La Mancha”, “Bankia”, “La Caixa”, “Banco Santander”, o a través de la sede electrónica mediante certificado digital (www.valdilecha.org).

Pagos fuera de plazo: transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos de período ejecutivo a que se refiere el artículo 28 de la Ley 58/2003, General Tributaria, los intereses de demora y en su caso, las costas que se produzcan.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Valdilecha, a 25 de enero de 2018.—El alcalde-presidente, José Javier López González.

(02/2.977/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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