Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180219-212

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 9

212
Málaga número 9. Ejecución 104 de 2017, notificación a Food and Wine European Bussines, S. L.

EDICTO

D/Dª FRANCISCO JAVIER IZQUIERDO CARBONERO, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 9 DE MALAGA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 104/2017 a instancia de la parte actora D/Dª. ANTONIO JOSE VAZQUEZ MORON contra FOOD AND WINE EUROPEAN BUSSINES, SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 30/11/17 del tenor literal siguiente:

D E C R E T O

Letrado/a de la Administración de Justicia D/Dª FRANCISCO JAVIER IZQUIERDO CARBONERO.

En Málaga, a treinta de noviembre de dos mil diecisiete.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Que en fecha 11/07/17 por la Iltma. Sra. Magistrada se dictaron autos despachando ejecución.

Segundo.- Dicha ejecución se sigue contra FOOD AND WINE EUROPEAN BUSSINES, SL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El artículo 551.3 de la L.E.C. establece que dictado el Auto por el Juez o Magistrado, el Secretario Judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el día siguiente hábil dictará decreto en el que se contendrán: 1º Las medidas ejecutivas concretas que resultaren procedentes incluido si fuera posible el embargo de bienes. 2º Las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado conforme a los previsto en el art. 589 y 590 L.E.C.

SEGUNDO.- Encontrándose la ejecutada en paradero desconocido procede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 de la L.R.J.S. librar oficio a los pertinentes organismos y registros públicos a fin de que faciliten la relación de todos los bienes y derechos del deudor de los que tengan constancia y dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial a fin de que inste las diligencias que a su derecho interesen de conformidad con lo previsto en el artículo 276 de la L.R.J.S.

PARTE DISPOSITIVA

Se decreta el embargo de los bienes propiedad de la ejecutada.

Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversiones, obligaciones, valores en general o cualquier otro producto bancario, que el demandado mantenga o pueda contratar con diferentes entidades bancarias hasta cubrir el principal y costas, a tal efecto dese la orden telemática a través del Punto Neutro Judicial.

Se decreta el embargo de los créditos por los que la demandada resulte acreedora frente a las empresas que constan en la base de datos de la AEAT por cualquier concepto y en cuantía suficiente hasta cubrir las cantidades reclamadas en la presente ejecución.

Se requiere a la demandada a fin de que manifieste relación de bienes.

Se requiere al ejecutante para que señales bienes.

Recábese información del Servicio de Índices del Colegio de Registradores de la Propiedad a fin de que informe a este Juzgado si la demandada aparece con bienes de su titularidad inscritos, indicando, en su caso, los datos del registro que posibiliten la localización de las inscripciones.

Así mismo por estar el demandada en paradero desconocido se acuerda librar edicto al BOP a fin de quedar notificada esta resolución.

Constando en la base de datos de la TGSS que la demandada está en situación de baja, dese audiencia al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL para que en el plazo de QUINCE DÍAS inste las diligencias que a su derecho interesen.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Así lo decreta la Letrada de la Administración de Justicia. Contra el presente DECRETO cabe de conformidad con el art. 551.3.5 recurso directo de revisión sin efecto suspensivo ante el Juez que ha dictado la orden directa de ejecución.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación al demandado FOOD AND WINE EUROPEAN BUSSINES, SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a treinta de noviembre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/3.395/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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