Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
16-02-2018

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180216-76

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

76
Fuente el Saz de Jarama. Organización y funcionamiento. Ordenanza creación ficheros datos carácter personal

Se hace público, a los efectos del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el acuerdo definitivo, el texto del acuerdo siguiente:

Modificación de la ordenanza municipal número 24.—Reguladora de la creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal, en la que se incluyen en su anexo I, los siguientes acuerdos:

Fichero: VIDEOVIGILANCIA PARA EL CONTROL DE TRÁFICO

1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento Fuente el Saz de Jarama:

— Dependencia Municipal: Alcaldía.

— Órgano administrativo: Policía Local.

2. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: mediante escrito dirigido a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Fuente el Saz de Jarama, presentado en los Registros de los órganos administrativos en los términos establecidos.

3. Nombre y descripción del fichero que se crea:

— Denominación: FICHERO VIEOVIGILANCIA PARA EL CONTROL DE TRÁFICO.

— Descripción: gestión policial y tramitación de expedientes.

4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: fichero de imágenes obtenidas a través de cámaras de video vigilancia.

5. Sistema de información al que pertenece el fichero: gestión policial y base de datos de la Policía Local de Fuente el Saz de Jarama.

6. Nivel de medidas de seguridad que se aplican: nivel básico.

7. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en él: imágenes.

8. Descripción detallada de finalidad del fichero y los usos previstos de él: vigilancia control del tráfico del municipio, finalidades varias, seguridad, videovigilancia.

9. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: ciudadanos que transitan por la zona de cobertura de las cámaras.

10. Procedencia y procedimiento de recogida de los datos: conservación de las grabaciones.

— Origen:

• Vehículos que transitan por la zona de cobertura de las cámaras (ciudadanos y residentes).

• El propio interesado o su representante legal.

• Procedimiento de recogida: videocámaras.

• Soporte utilizado para la obtención: soporte informático.

• Conservación de las grabaciones: las grabaciones que se efectúen con las videocámaras correspondientes serán destruidas en el plazo máximo de un mes desde su captación, salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública con una investigación policial en curso o con un procedimiento judicial o administrativo en tramitación. También se conservarán cautelarmente las grabaciones cuando se interpongan los recursos en vía administrativa o contencioso-administrativa por denegación del derecho de acceso o cancelación de grabaciones.

11. Cesiones: inicialmente no se prevén cesiones o comunicaciones de datos, no obstante podrán cederse de forma justificada:

— A otros Cuerpos de Seguridad, en virtud de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

— A Juzgados, en virtud de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y Ley Orgánica del Poder Judicial.

— Al interesado, en virtud de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

— A otras Administraciones y Organismos Públicos competentes en infracciones administrativas.

Cesiones de carácter internacional: Inicialmente no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

No obstante, podrán cederse a órganos judiciales y administrativos que justificadamente lo soliciten.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Fuente el Saz de Jarama, 2 de febrero de 2018.—La alcaldesa, María José Moñino Muñoz.

(03/4.213/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180216-76