Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
16-02-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180216-181

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

181
Madrid número 28. Procedimiento 888 de 2017, notificación a Polo Pádel Factory, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. CRISTINA SEIVANE TERAN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 28 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 888/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. CLARA MARIA GALLI frente a POLO PADEL FACTORY SA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimo la pretensión de despido de Dª. Clara María Galli contra Polo Pádel Factory SA, lo declaro improcedente, tengo por realizada la opción de indemnización, extingo la relación laboral y condeno a la parte demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 1.137’67 euros en concepto de indemnización.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que, de conformidad con el art. 97.4, se informa que no es firme y que pueden recurrirla en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a POLO PADEL FACTORY SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintinueve de enero de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.066/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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