Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
16-02-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180216-180

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

180
Madrid número 27. Ejecución 17 de 2018, notificación a La Tahona Molino, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELISA CORDERO DIEZ DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 27 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 17/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. REINALDO MAXIMILIANO BARRERA PERASSO y D. JORGE ANTONIO ORTIZ ESTIGARRIBIA frente a LA TAHONA MOLINO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D. REINALDO MAXIMILIANO BARRERA PERASSO y D. JORGE ANTONIO ORTIZ ESTIGARRIBIA, frente a la demandada LA TAHONA MOLINO SL, parte ejecutada, por un principal de 4.759,39 euros, más 237,97 euros y 475,94 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Y encontrándose decretada la insolvencia de la empresa ejecutada en la ejecución seguida en el Juzgado de lo Social nº24 de Madrid en su procedimiento número 171/2016 y no habiéndose encontrado bienes susceptibles de embargo conforme lo previsto en el Art. 276 LRJS a dar audiencia a las partes y al FOGASA para que en término de CINCO DIAS insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria designando en tal caso bienes concretos del deudor sobre los que despachar ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LA TAHONA MOLINO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a once de enero de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.073/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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