Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2018

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180214-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Daganzo de Arriba. Régimen económico. Padrones fiscales

La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 25/01/2018 acordó aprobar y exponer al público los siguientes padrones fiscales:

— Tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos 2018.

— Tasa por prestación del servicio de alcantarillado primer semestre 2018.

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2018.

— Tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase 2018.

— Tasa por licencias de autotaxis y demás vehículos de alquiler 2018.

— Tasa por instalación de puestos de venta de productos diversos en el mercadillo semanal primer semestre 2018.

— Impuesto sobre bienes inmuebles urbana 2018.

— Impuesto sobre bienes inmuebles rústica 2018.

— Tasa por instalación de mesas y sillas en la vía pública 2018.

Estos padrones y matrículas fiscales estarán expuestos al público en el Ayuntamiento de Daganzo, Servicio de Recaudación, en el horario de lunes a viernes, mañanas de nueve a catorce horas, durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlos.

Contra los actos de aprobación de los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán interponer ante este Ayuntamiento recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la finalización de la exposición pública, previo al contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del recurso de reposición, si es expresa, o seis meses, si es presunta.

Anuncio de cobranza

El período de pago voluntario de estos padrones fiscales de iniciará del 19 de marzo al 21 de mayo de 2018, ambos inclusive.

El pago de los tributos gestionados mediante los padrones fiscales anteriormente indicados podrá realizarse en las siguientes oficinas bancarias: “Ibercaja”, “Bankia”, “La Caixa”, “Banco Popular”, mediante la presentación del documento cobratorio, en los días y horas de caja.

La no recepción por el interesado del recibo de pago no es motivo para su falta de abono en período voluntario, pudiendo recoger un duplicado u original en de Departamento de Recaudación.

Los contribuyentes podrán hacer uso de la domiciliación del pago en cuentas abiertas en entidades de crédito. Con el objeto de facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria, se establece un sistema especial de pago de las cuotas por recibo, que fraccionara la deuda. Los pagos domiciliados disfrutarán de una bonificación del 3 por 100.

Los recibos domiciliados correspondientes al sistema especial de pago se pasarán a cobro: los días 19 de cada mes desde marzo de 2018 a noviembre de 2018.

Los recibos domiciliados correspondientes a un único pago se pasarán al cobro el día 21 de mayo de 2018.

Pasado el período de tiempo anteriormente mencionado, relativo a voluntaria, todos los morosos quedarán comprendidos dentro de los recargos, apremios y costas, de conformidad con el Reglamento de Recaudación y de la Ley Tributaria vigente.

Daganzo, a 25 de enero de 2018.—La concejala de Economía y Hacienda, Ana Arranz Rosco.

(02/2.915/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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