Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180214-141

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE NÚMERO 4

141
Santa Cruz de Tenerife número 4. Procedimiento 478 de 2017, notificación a Larcosersa, S. L.

EDICTO

D./Dña. FRANCISCO MARTÍN ORTEGA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social Nº 4 DE Santa Cruz de Tenerife l, HAGO SABER: Que en procedimiento tramitado en este Juzgado al 0000478/2017, a instancia de D./Dña FRANCISCO JAVIER BACA CARRASCO contra D./Dña. LARCOSERSA S.L., AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE y GESTIÓN Y OBRA CIVIL (GYOCIVIL) se ha dictado PROVIDENCIA cuyo contenido es a tenor literal el siguiente:

“PROVIDENCIA DEL/DE LA Magistrado juez

D./Dña. SERGIO CALLE PÉREZ

En Santa Cruz de Tenerife, a 8 de febrero de 2018.

Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito por la parte actora;

Encontrándose las diligencias interesadas entre las previstas legalmente y siendo en principio útiles y pertinentes a los fines pretendidos por el demandante procede acordar su diligenciamiento, sin perjuicio de lo que pueda acordarse en el acto del juicio oral, conforme establece el artículo 90.1 de la LRJS. y a tal efecto se admiten las siguientes:

Se requiere a la parte demandada para que CON ANTELACIÓN SUFICIENTE A LA FECHA DEL SEÑALAMIENTO, aporte los documentos interesados por la parte actora, apercibiéndole que en caso de no hacerlo podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por dicha parte en relación con la prueba propuesta.

Interrogatorio de la contraparte LARCOSERSA, S.L. y GESTIÓN Y OBRA CIVIL (GYOCIVIL), al efecto de contestar el interrogatorio de preguntas que se le formulen, bajo apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos que le perjudiquen, siempre que hubiere intervenido en ellos personalmente y multa de 180 a 600 euros, conforme al artículo 292.4 de la LEC.

La declaración de las personas que hayan actuado en los hechos litigiosos en nombre del1 empresario, cuando sea persona jurídica privada, bajo la responsabilidad de éste, como administradores, gerentes o directivos, solamente podrá acordarse dentro del interrogatorio de la parte por cuya cuenta hubieran actuado y en calidad de conocedores personales de los hechos, en sustitución o como complemento del interrogatorio del representante legal, salvo que, en función de la naturaleza de su intervención en los hechos y posición dentro de la estructura empresarial, por no prestar ya servicios en la empresa o para evitar indefensión, el juez o tribunal acuerde su declaración como testigos.

Declaración de los testigos propuestos, a los que se citará con los apercibimientos legales, para que comparezcan ante el Órgano de este Juzgado.

Respecto de la demás documental solicitada, expídanse los despachos necesarios para su cumplimentación.

Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de TRES DIAS ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el BANCO SANTANDER c/c 3797/0000/60/0478/17; para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria, deberá realizarse la misma al siguiente número de cuenta: IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274.

Así lo acuerda y firma S.S. Doy fe.

EL/LA Magistrado juez EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”

Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña LARCOSERSA S.L., en ignorado paradero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado y que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en la oficina judicial, expido la presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Santa Cruz de Tenerife, a 8 de febrero de 2018.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/4.719/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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