Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2018

Sección 1.3.65.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180213-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

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EXTRACTO de la Orden 1258/2017, de 29 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2017 de subvenciones destinadas a asociaciones y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención y diagnóstico precoz de VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) dirigidos a grupos de población de alta prevalencia o especialmente vulnerables a estas enfermedades.

BDNS (identif.): 383936

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios y requisitos de las entidades solicitantes

1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro y las asociaciones o federaciones de estas entidades, que organicen o tengan en marcha proyectos de actuación en la Comunidad de Madrid, que vayan dirigidos a la prevención del VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), y que tengan como fines establecidos en sus estatutos el desarrollo de alguna de las actividades objeto de la subvención convocada, y deberán contar con una estructura organizativa y técnica suficiente para garantizar el cumplimiento de su objeto social y del proyecto a subvencionar.

2. Estar legalmente constituidas e inscritas en un Registro de Asociaciones o Fundaciones de ámbito nacional, autonómico o local, al menos durante un período de dos años antes de la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social ante el Estado Español y la Comunidad de Madrid.

4. Presentar un proyecto con las características que se indican en el apartado cuarto de esta Orden. Cada solicitante podrá presentar un único proyecto.

5. Las entidades que presenten proyectos deberán comprometerse a cumplir las obligaciones recogidas en las bases reguladoras y en la presente convocatoria y en la legislación vigente en materia de subvenciones.

6. Los requisitos de las entidades beneficiarias deberán reunirse a la fecha de fin de presentación de solicitudes y permanecer durante toda la ejecución del objeto de la ayuda y hasta el final de su plazo de justificación. La observancia de estos requisitos deberá llevarse a cabo mediante la presentación de los documentos acreditativos.

Segundo

Finalidad

La finalidad de la ayudas económica es promover el desarrollo de proyectos de prevención y diagnóstico precoz de VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), dirigidos a grupos de población de alta prevalencia o especialmente vulnerables a estas infecciones, contribuyendo, con ello, a la mejora de la salud y calidad de vida del conjunto de los ciudadanos de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 1066/2017, de 15 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a asociaciones y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención y diagnóstico precoz de VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) dirigidos a grupos de población de alta prevalencia o especialmente vulnerables a estas enfermedades, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 277, de 21 de noviembre de 2017.

Cuarto

Importe

El importe global máximo de todas las ayudas concedidas no podrá superar la cantidad de 500.000 euros.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Madrid, a 29 de diciembre de 2018.

El Consejero de Sanidad, ENRIQUE RUIZ ESCUDERO

(03/4.048/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.65.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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