Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2018

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180213-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 5

110
Madrid número 5. Procedimiento 190 de 2015, notificación a Margarita Soledad Pinilla Benito

EDICTO

Doña María Carmen Fresneda García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo mercantil número 5 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento sobre juicio verbal (250.2) número 190 de 2015, instados por el procurador don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de “Materiales Frans Bonhomme, Sociedad Limitada”, contra doña Margarita Soledad Pinilla Benito y “Obras y Proyectos Garpi, Sociedad Anónima”, en reclamación de responsabilidad de administradores, en los que se ha dictado el 8 de mayo de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 116 de 2017

En Madrid, a 8 de mayo de 2017.—Vistos por doña Marta García Fernández, magistrada-juez del Juzgado de lo mercantil número 5 bis de Madrid, los presentes autos de juicio verbal, seguidos en este Juzgado bajo el número 190 de 2015, promovidos por el procurador de los Tribunales don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de “Materiales Frans Bonhomme, Sociedad Limitada”, asistida por el letrado don Isaac Trapote Fernández, contra “Obras y Proyectos Garpi, Sociedad Anónima” y doña Margarita Soledad Pinilla Benito.

Fallo

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de “Materiales Frans Bonhomme, Sociedad Limitada”, contra “Obras y Proyectos Garpi, Sociedad Anónima” y doña Margarita Soledad Pinilla Benito, y condenar a los codemandados a abonar al actor conjunta y solidariamente la cantidad de 4.482,51 euros, incrementada con el interés previsto en el artículo 7.2 de la Ley 3/2004, así como al pago de las costas procesales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2228-0000-03-0190-15 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de lo mercantil número 5 de Madrid y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2228-0000-03-01900-15.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se Regulan Determinadas Tasas en el Ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez (firmado).

En atención al desconocimiento del actual domicilio de las demandadas doña Margarita Soledad Pinillo Benito y “Obras y Proyectos Garpi, Sociedad Anónima” y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de las interesadas en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 18 de enero de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/3.266/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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