Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
02-02-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180202-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

83
Madrid número 6. Ejecución 193 de 2017, notificación a Edo Gestión de Franquicias, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. EVA SAN PABLO MORENO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 6 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 193/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. MOISES DIAZ DIAZ frente a EDO GESTION DE FRANQUICIAS S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado en fecha 15.01.2018 una resolución con la siguiente parte dispositiva:

“A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 2.750,00 euros de principal, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado EDO GESTION DE FRANQUICIAS S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, archívense las actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2504-0000-64-0193-17.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a EDO GESTION DE FRANQUICIAS S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a quince de enero de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.537/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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