Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
02-02-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180202-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

82
Madrid número 6. Procedimiento 192 de 2016, notificación a Construcciones e Industrias Conspan, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. EVA SAN PABLO MORENO LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 06 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 192/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. STEFAN EREMIA PAPAI frente a CONSTRUCCIONES E INDUSTRIAS CONSPAN SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

“FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por D. STEFAN EREMIA PAPAI, contra la empresa CONSTRUCCIONES E INDUSTRIAS CONSPAN, S.L., en los términos a que quedó reducida en el acto del juicio, debo condenar y condeno a dicha demandada a abonar al referido actor 6.513,66 euros brutos que le adeuda por los conceptos reclamados en aquella, más el 10% en concepto de interés por la mora en el pago de la referida cantidad.

Se imponen las costas del proceso a la parte demandada, incluidos los honorarios del Letrado del demandante, hasta el límite de 600,00 euros.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CONSTRUCCIONES E INDUSTRIAS CONSPAN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a quince de enero de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.504/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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