Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
24-01-2018

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180124-50

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 5

50
Torrejón de Ardoz número 5. Procedimiento 1.134 de 2015, notificación a Dalynes Ramos Rivera

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, divorcio contencioso número 1.134 de 2015, entre don Francisco Javier Martín Calahorra, frente a doña Dalynes Ramos Rivera, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por don Francisco Javier Martín Calahorra contra doña Dalynes Ramos Rivera y acuerdo el divorcio del matrimonio celebrado por ambos litigantes el día 9 de abril de 2008 con los efectos inherentes a esta declaración, consistentes en la disolución definitiva del vínculo matrimonial. No se imponen las costas.

Ofíciese al Registro Civil Central donde figura inscrito el matrimonio de los cónyuges, en la página 182 del tomo 2096 de la Sección Segunda, a los efectos registrales oportunos.

Únase la presente sentencia al libro de sentencias de este Juzgado y dedúzcase testimonio de la misma para su unión a los autos y copias a los efectos de su notificación, expresiva esta última de que contra ella puede interponerse recurso de apelación por escrito ante este mismo Juzgado en los veinte días siguientes a su notificación por los trámites de los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil (según redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal) para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid. Para la admisión del recurso de apelación será necesaria la consignación de un depósito de 50 euros (artículo 448.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así lo mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a doña Dalynes Ramos Rivera, expido y firmo la presente.

En Torrejón de Ardoz, a 17 de marzo de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/1.130/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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