Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
24-01-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180124-49

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 60

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Madrid número 60. Procedimiento 1.197 de 2016, notificación a Luz Marina Ríos Cardona

EDICTO

Doña Ángela María Guerrero Rabadán, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 60.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2), número 1.197 de 2016, instados por el procurador don Javier Fernández Estrada, en nombre y representación de “Magalsa Promotores, Sociedad Limitada”, contra doña Angye Ysset Hernández Jiménez y doña Luz Marina Ríos Cardona, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 5 de diciembre de 2017 sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Debo estimar y estimo íntegramente la demanda y, en consecuencia, se debe condenar a la demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 1.777,67 euros, más los intereses legales contados desde la interposición de la demanda y todo lo anterior con expresa condena en costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Luz Marina Ríos Cardona, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 5 de diciembre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/937/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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