Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180119-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

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Madrid número 22. Procedimiento 75 de 2016, notificación a Raúl Peregrina Pérez

EDICTO

Don Carlos Beltra Cabello, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, divorcio contencioso, número 75 de 2016, instados por el procurador don José María Rico Maesso, en nombre y representación de doña María José Hernández Sánchez, contra don Raúl Peregrina Pérez, en reclamación de divorcio, en los que se ha dictado el 12 de junio de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando como estimo la demanda promovida por el procurador don José María Rico Maesso, en nombre y representación de doña María José Hernández Sánchez, sobre divorcio, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio contraído entre ambos litigantes, el día 31 de julio de 1993 en Burgohondo (Ávila), con cuantos efectos son inherentes a ello y en especial las medidas definitivas siguientes:

Don Raúl Peregrina Pérez abonará a doña María José Hernández Sánchez, en conceptos de alimentos por cada uno de los hijos, la suma de 287,61 euros mensuales, por cada uno de ellos (575,22 euros mensuales por ambos). Cantidad que será abonada por meses anticipados, dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que a tal efecto se designe, y que será actualizada anualmente, con efectos de 1 de enero de cada año, de acuerdo con el IPC que publique el INE u organismo que lo sustituya. Deberá abonar, también, el 50 por 100 de los gastos extraordinarios que generen estos.

No procede adoptar ninguna otra medida.

No procede hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes litigantes.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2450-0000-33-0075-16 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2450-0000-33-0075-16.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez (firmado).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Raúl Peregrina Pérez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 13 de junio de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/177/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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