Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
17-01-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180117-80

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

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Madrid número 5. Procedimiento 920 de 2017, notificación a Taed-Tours, S. L. y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 920/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancias de D./Dña. JAVIER GARCIA SANCHEZ frente a CESAN BBS SL, TAED-TOURS, S.L. y FOGASA sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA NUMERO 566/17

EN NOMBRE DEL REY

En Madrid a veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete.

VISTOS por la Ilustrísima Sra. DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 5 de los de Madrid los presentes autos sobre DESPIDO, siendo partes en los mismos, de una como demandante D. JAVIER GARCÍA SÁNCHEZ asistido por la Letrada Dª María José Gil Menéndez y de otra, como demandada, TAED TOURS SL y CESAN BBS SL que no comparecen, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL que no comparece.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. JAVIER GARCÍA SÁNCHEZ, TAED TOURS SL y CESAN BBS SL, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL debo declarar IMPROCEDENTE el despido del actor, declarando extinguido a esta fecha su contrato de trabajo y condenado a las codemandadas a que conjunta y solidariamente le abonen las siguientes sumas:

1.- Indemnización.- 1.754,04 euros.

2.- Salarios de tramitación.- 11.836,44 euros.

3.- Liquidación.- 5.531,35 euros, devengando esta última cantidad un interés del 10% en concepto de mora.

Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACIÓN al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado, o representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena así como el depósito de 300 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número ES55 0049 3569 92 000500 1274 en el BANCO SANTANDER, haciendo constar en el ingreso: concepto 2503 0000 00 nº de autos (4 cifras), año.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TAED-TOURS, S.L. y CESAN BBS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/43.713/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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