Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
12-01-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180112-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 82

80
Madrid número 82. Procedimiento 1.185 de 2015, notificación a Sociedad Cooperativa de Viviendas Abian

EDICTO

Don Juan Manuel Escourido Pérez-Sindín, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 82 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.185 de 2015, instados por el procurador don Carlos Blanco Sánchez de Cueto, en nombre y representación de “Asefa, Sociedad Anónima, Seguros y Reaseguros”, contra “Sociedad Cooperativa de Viviendas Abian”, en reclamación de 1.627.196,23 euros, en los que se ha dictado sentencia de 9 de septiembre de 2016, cuyo fallo es el siguiente:

«Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el procurador señor Sánchez de Cueto, en nombre y representación de “Asefa, Sociedad Anónima, Seguros y Reaseguros”, contra “Abian, Sociedad Cooperativa Madrileña de Viviendas”, declarada en rebeldía, y en consecuencia, debo condenarla y la condeno a abonar a la parte actora la cantidad de 1.627.196,23 euros, que devengarán el interés legal, y al pago de las costas causadas en esta instancia. Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo».

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Sociedad Cooperativa de Viviendas Abian” y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 13 de noviembre de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/38.228/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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