Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
12-01-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180112-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

107
Madrid número 10. Procedimiento 262 de 2017, notificación a Grupo Azafrán 2012, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALEJANDRO ASENSIO MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 262/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. IRENE GARCIA SAN JUAN frente a GOURMET AVANS S.L. y GRUPO AZAFRAN 2012 SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 484

En Madrid, a 12 de diciembre de 2017.

Don Francisco Javier Piñonosa Ros, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid, tras haber visto los presentes autos con nº 262/2017 en materia de reclamación de cantidad, seguidos a instancia de doña Irene García San Juan, con DNI 53767138-S, representada por la Letrada doña María Concepción Velázquez Herráez, contra GOURMET AVANS S.L y GRUPO AZAFRÁN 2012 S.L, que no comparecen, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente

F A L L O

Estimo la demanda interpuesta por doña Irene García San Juan contra las empresas GOURMET AVANS S.L y GRUPO AZAFRÁN 2012 S.L y condeno a estas a abonar, de manera conjunta y solidaria, a aquella la cantidad de 384,69 euros, más el interés previsto en el art.29.3 del Estatuto de los Trabajadores aplicado a los conceptos salariales.

Absuelvo al FOGASA de las pretensiones deducidas en su contra, sin perjuicio de su eventual responsabilidad legal subsidiaria en caso de insolvencia de la empresa.

Se advierte a las partes que esta Sentencia es firme y contra ella no cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN. – En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO AZAFRAN 2012 SL y GOURMET AVANS S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de diciembre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/42.864/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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